Hay que tener en cuenta que el plazo de solicitud de ayuda de estudios tiene unas excepciones- “garantías adicionales al convenio”- que CCOO negoció en noviembre de 2018:
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El/la trabajador/a que estuviera de excedencia por cuidado de menor o familiar dependiente durante el plazo de solicitud (septiembre y octubre) podrá solicitar la ayuda de estudios del año escolar en curso cuando se reincorpore, en un plazo máximo de 1 mes, por el mismo importe que le hubiera correspondido si hubiera estado en activo.
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El/la trabajador/a que se encuentre de baja por maternidad, paternidad, acumulación de horas de lactancia o incapacidad laboral transitoria, durante el plazo de solicitud (septiembre y octubre) podrá solicitar la ayuda de estudios del año escolar en curso en el plazo ordinario de solicitud o hasta 1 mes después de su reincorporación efectiva al trabajo.
Si quieres consultar los importes de las ayudas que te corresponden, puedes hacerlo pinchando en el siguiente enlace, que te llevará al documento de la Sección Sindical de CCOO denominado Chuletilla Laboral
Además de los importes relativos a las ayudas de estudio, este documento contiene gran cantidad de información económica y sobre beneficios sociales, que puede serte de utilidad.
Si tienes cualquier duda, consulta con los delegados y delegadas de CCOO de tu territorio.
31 de agosto de 2020
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