MIFID II
El informe elaborado por los servicios jurídicos de CCOO avala que la responsabilidad, en lo que se refiere a la aplicación de la directiva Mifid II, es de las entidades dado que, dicha normativa no modifica lo establecido por el Estatuto de los Trabajadores y el Código Civil, que es donde se establecen en nuestra legislación las responsabilidades de las trabajadoras y los trabajadores en el ejercicio de sus funciones profesionales.
Negociación colectiva
Ayer 16 de julio de 2018 hemos firmado el convenio colectivo de comercio del pescado
fresco y congelado de Barcelona para los años 2018, 2019 y 2020.
Igualdad de género
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La Ejecutiva Federal, en su reunión del pasado 26 de Junio, aprobó la convocatoria y el calendario del Plenario de Constitución de la Sección Sindical Estatal de CCOO en el Grupo Supersol que se celebrará en Málaga el próximo 26 de septiembre de 2018, así como las Normas de Funcionamiento del mismo.
EL HORARIO VIGENTE EN SS.CC. ES EL HORARIO DE CONVENIO COLECTIVO, la plantilla NO tiene que manifestar expresamente su adscripción al mismo.
Mifid II
CC.OO. firma "sin acuerdo"
Tal y como os informamos en anteriores
comunicados, el pasado día 4, la Dirección de la empresa nos comunicó su
intención de iniciar un periodo de consultas para nuevas aplicar medidas con el
fin de realizar 32 despidos, suspender 24 contratos de trabajo y llevar a cabo
51 reducciones de jornada.
Por desgracia, como en anteriores ERTES/ERES, vemos
como las secciones sindicales de CSIF y SITCA asumen sin complejos las
pretensiones de la Dirección de la empresa. Es más, en menos de 48 horas
presentan un plan a la Dirección con el fin de extinguir 105 contratos de
trabajos, cuyas indemnizaciones se pagarían en cómodos plazos (para la
Dirección) de 700 euros al mes. Tras el fracaso del plan de adhesiones
voluntarias, la Dirección realiza una nueva propuesta de 45 despidos, 24
suspensiones de contrato y 38 reducciones de jornada y salarios de un 70%. En
un movimiento incomprensible, desde el punto de vista de unos representantes de
los trabajadores, las otras secciones sindicales proponen que se eliminen las
reducciones de jornada y salario, dado que siguen implicando un gasto para la
empresa que no se compensa por el trabajo que se puede realizar en un 30% de la
jornada. Así, aprovechando su nueva mayoría, el día 28 firman acuerdo con la
dirección de la empresa, para extinguir 46 contratos y suspender otros 49. Por
mucho que se presuma de haber reducido en 12 el número de afectados, la
realidad es que hay un tercio más de despidos y más del doble de suspensiones
respecto de la pretensión inicial de la Dirección de la empresa. En el caso
concreto de las suspensiones de contrato, queremos recordar que la Audiencia
Nacional ya se ha pronunciado sobre este tipo de medidas declarándolas nulas.
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