Archivado en Legal, Negociacion Colectiva, Salario

Presentado conflicto colectivo contra el BBVA

PLUS DE RESIDENCIA

Dadas las expectativas que el asunto pudiera crear entre las plantillas de banca de Canarias, en CC.OO. COMFIA vemos la necesidad de informar acerca de cual es la realidad del asunto y las posibilidades de su viabilidad.

 


Este artículo se publicó originalmente en CANARIAS (Federación Canaria) ,


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Contrastados los datos con nuestros servicios jurídicos, INFORMAMOS:

• El derecho al cobro del Plus de Residencia desaparece el 31.01.1996, para los
ingresados a partir de esta fecha, a consecuencia de la derogación, por parte del
Gobierno mediante Ley, de todas las Ordenanzas Laborales y en el caso de banca, la Reglamentación Nacional de Banca de 1950 que era donde estaba recogido este derecho. Nunca ha estado recogido en el Convenio Colectivo de Banca.

• El 30.05.1996, se presentó demanda por parte de CC.OO., UGT y FITC contra el Banco Santander reclamando el derecho al Plus de Residencia por parte de las personas que ingresen en el banco con posterioridad al 31.01.1996. Esta demanda se presentó en la Audiencia Nacional y contenía la misma pretensión que la ahora presentada contra BBVA.

• El 02.07.1996 la Audiencia Nacional desestima la demanda de los tres sindicatos.
Recurrimos al Tribunal Supremo que en sentencia del 12.06.1997 vuelva a desestimar la demanda.

• Plus de Residencia en La Caixa en Canarias. Se está queriendo relacionar con banca la reciente sentencia del Tribunal Supremo que ha reconocido el derecho de los/as trabajadores/as de La Caixa en Canarias a cobrar el Plus.

• No tiene ninguna relación con banca. El Convenio Colectivo de Cajas de Ahorro,
a diferencia del convenio de banca, sí recoge, tras la derogación de la Ordenanzas
Laborales el derecho de los/as trabajadores/as de las cajas de ahorro que trabajen en Canarias, a cobrar el Plus de Residencia y La Caixa era la única entidad que no pagaba.

• Por iniciativa de CC.OO. y junto con otros sindicatos, se demandó a La Caixa y el Tribunal Supremo nos ha dado la razón.

• En cualquier caso los servicios jurídicos de CC.OO. están estudiando detalladamente la demanda y si existiera alguna posibilidad real de que fuera a salir adelante, naturalmente nos adheriríamos, pero como hemos dicho, los antecedentes no son nada favorables.

Por la importancia de asunto y el interés que suscita, el tema ha de ser abordado con más rigor y no crear falsas expectativas. Por la forma y la fecha en que se hace más tiene que ver con la propaganda campaña elecciones sindicales, que con las posibilidades reales de conseguirlo.

Para consultar la documentación referenciada, pulse sobre el enlace del documento PDF.:

- 1996 Sentencia Audiencia Nacional Banco Santander
- 1997 Sentencia Tribunal Supremo Banco Santander
- 2010 Conflicto Colectivo BBVA

 


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