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Convocatoria, orden del día y reglamento de la Asamblea Congresual de Nivel I de Caixabank Burgos

De conformidad con la Resolución de la Comisión Confederal de Interpretación de Normas Expte. 11º/2017/152 donde anula la Asamblea de Nivel I, así como todas sus votaciones y sus resultados,  de Caixabank Burgos celebrada el día 11 de enero de 2017 y requiere a la federación de Servicios que realiza una nueva Asamblea Congresual de acuerdo con lo dispuesto en las Normas Congresuales. 


VIII Convenio Colectivo de Medianas Superficies de Distribución de Alimentación de la Comunidad Autónoma de Castilla y León


Convenio Colectivo Provincial de Hostelería de Salamanca

El presente Convenio ha sido suscrito por la ASOCIACIÓN DE EMPRESARIOS DE HOSTELERÍA DE SALAMANCA (A.E.H.S.) y las centrales sindicales UNIÓN GENERAL DE TRABAJADORES (U.G.T.) y COMISIONES OBRERAS (CC.OO.).


Convenio Colectivo del Comercio del Metal de Palencia. Boletín Oficial

Diputación de Palencia

Visto el texto del convenio colectivo de trabajo para el sector de COMERCIO DEL METAL de Palencia y Provincia (Código del Convenio Nº 34000085011981), que fue suscrito por la Comisión Negociadora del citado convenio, el día 17-10-2016, y de conformidad con lo dispuesto en el art. 90.2 y 3 del R.D. Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre Registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, y en la Orden de 12-09-97 de la Consejería de Industria, Comercio y Turismo, sobre creación del Registro de los Convenios Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Castilla y León.


Merced al mismo queda desconvocada la huelga prevista en el sector para los próximos días 7, 8 y 9 de noviembre, durante el XII Concurso Nacional de

Sindicatos y patronal de hostelería dellegan a un acuerdo en el SERLA para zanjar el convenio provincial

Al segundo intento, y después de más de tres horas de intensas negociaciones en la sede del Servicio Regional de Relaciones Laborales de Castilla y León en Valladolid (SERLA), CCOO, UGT y las Asociaciones Provinciales de Hostelería y Hoteles de Valladolid alcanzaron un acuerdo para desbloquear el convenio provincial del sector. Merced a este entendimiento, y tras más de nueve meses de desencuentros permanentes, a primera hora de la tarde de hoy miércoles día 2 de octubre se zanjó un asunto que llevaba enquistado desde principios de año. Además, esta firma ha supuesto la desconvocatoria de la huelga para el sector de hostelería de Valladolid prevista para los próximos días 7, 8 y 9 de noviembre, en coincidencia con la celebración del XII Concurso Nacional de Pinchos y Tapas.


Convenio Colectivo del Comercio Mixto en la Provincia de Burgos

 Este Convenio Colectivo de trabajo obliga a todas las empresas, presentes y futuras, cuyos centros de trabajo radiquen en Burgos capital y provincia, aun cuando las empresas tuvieran su domicilio social en otra provincia, cuyas actividades vienen regidas en el artículo 3.º del presente Convenio.

 Los preceptos de este Convenio obligan exclusivamente a las empresas cuya actividad esté afectada o regida por el acuerdo de sustitución de la Ordenanza de Comercio de 6 de marzo de 1996, con excepción de aquellas que tengan Convenio establecido, cualquiera que sea su ámbito y vigencia.


Convenio Colectivo del Comercio del Mueble provincia de Burgos

 Este Convenio Colectivo de trabajo, obliga a todas las empresas, presentes y futuras, cuyos centros de trabajo radiquen en Burgos capital y provincia, aun cuando las empresas tuvieran su domicilio social en otra provincia.

 Los preceptos de este Convenio obligan exclusivamente a las empresas cuya actividad exclusiva, principal o predominante, sea la de "Comercio del Mueble" y estén regidas por el acuerdo de sustitución de la Ordenanza de Comercio de 6 de marzo de 1996, con excepción de aquellas que tengan Convenio establecido, cualquiera que sea su ámbito y vigencia.


Convenio Colectivo Comercio para el equipamiento de la provincia de Burgos

 Los preceptos de este Convenio serán de aplicación a las empresas cuya actividad exclusiva, principal o predominante, sea la de comercio al por mayor o al por menor de artículos para el equipamiento de la persona, entre los que se encuentran la venta de todo tipo de prendas de vestir, calzado, artículos deportivos, complementos de vestir, bisutería, etc., con excepción de aquellas que tengan Convenio específico establecido. Se excluye expresamente del ámbito de aplicación del presente Convenio la actividad de joyería.

Las actividades de venta de productos textiles que no sean específicos para el equipamiento de la persona se mantendrán dentro del ámbito de aplicación del presente Convenio hasta tanto se establezca un convenio específico de aplicación a las empresas dedicadas al equipamiento del hogar.


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