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Deducciones por maternidad: ¿Apropiación indebida?

La inspección de trabajo vuelve a sancionar con falta muy grave a Liberbank y es que hay temas que empiezan a ser un poco repetitivos, pero es que esta gente no para y nosotros, tampoco.

Como se detalla en el expediente que incorporamos al final de este comunicado (en pdf), "la empresa lleva a cabo un sistema en virtud del cual entiende que en algunos casos el INSS ha estado pagando a la trabajadora cuantías superiores a su salario ordinario y por su cuenta y riesgo se las retira a la trabajadora pero no para devolverlas al INSS, lo que tampoco estaría justificado, sino para ingresarlas en el patrimonio empresarial."


Este artículo se publicó originalmente en Unicaja (Sección Sindical Unicaja) ,


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¿Eso no es apropiación indebida? Puede que legalmente no lo sea, pero para nosotros desde luego, sí. Especialmente porque en Liberbank hace ya mucho tiempo que son plenamente conocedores de que esa forma de actuar es absolutamente ilegal, han sido repetidamente advertidos de ello e incluso han perdido alguna demanda judicial en ese sentido.

En esta ocasión y como ya viene siendo habitual, la Inspección de Trabajo desmonta todas y cada una de las excusas dadas por Liberbank, abre expediente y requiere a la entidad para proceda a la regularización de las cantidades correspondientes a los años 2013 y 2014 en un plazo máximo de 3 meses.

Gracias a este oficio de la Inspección, el expediente que ya tenemos preparado para la presentación de conflicto colectivo recibe un espaldarazo definitivo. Conflicto colectivo que, por una vez, el banco puede evitar si efectivamente se regularizan correctamente las cantidades "usurpadas" a la plantilla en el Grupo.

Como "esto es Liberbank", además de este expediente tenemos más:

- Otra sanción muy grave en Asturias por 47 infracciones relativas a los cursos realizados fuera de horario. En el informe la Inspección insiste, una vez más, en que el tiempo dedicado a las actividades formativas es tiempo de trabajo efectivo por lo que forma parte de la jornada.

- Otro requerimiento en Madrid a realizar los cursos dentro del horario fijado en el ERTE. En este caso no hay sanción porque suspendieron el curso "voluntario" convocado porque "ningún trabajador había mostrado su interés en recibir dicho curso de formación". Ya, seguramente la denuncia presentada por CCOO y los otros expedientes recibidos no han tenido nada que ver.

- Y otro requerimiento, de nuevo en Madrid, en el que se insta a la empresa a que respete y garantice el libre ejercicio de los derechos sindicales debiendo permitir el acceso y la permanencia de los representantes sindicales a todos los centros de trabajo y es que esta gente, también por su cuenta y riesgo, decidió un buen día que no permitía el acceso de los representantes de CCOO a un centro de la empresa lo cual, obviamente, es ilegal y vulnera los derechos sindicales. Actividad ilegal esta por la que en Liberbank se siente una pasión que roza lo enfermizo.

¡Pues nada! Por nuestra parte, que sigan acumulando actas, expedientes, resoluciones y sentencias en su contra y así, igual un día, se llevan una sorpresa.

Saludos.

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