Archivado en Documentacion, Empleo

Informativo especial para personas trabajadoras con contrato fijo discontinuo y de temporada


Contrato firmado

Acuerdo renovación ERTEs y medidas protección desempleo (ASDE V – RDL 11/2021)

El pasado día 26, el gobierno y los agentes sociales alcanzaron el V Acuerdo Social en Defensa del Empleo (regulado en el RDL 11/2021), y que contempla la renovación de las medidas de protección de las personas trabajadoras hasta el próximo 30-9-2021.

Además de esta prórroga de los mecanismos de protección, el Acuerdo también contempla nuevas obligaciones para las empresas con personas trabajadoras con contrato fijo discontinuo, que pasamos a resumirte a continuación:


Este artículo se publicó originalmente en la página principal de CCOO-SERVICIOS (Federacion de Servicios Sindicato CCOO) ,

Obligación de incorporar al trabajo o incluir en ERTE a las personas trabajadoras con contrato fijo discontinuo durante su periodo teórico de llamamiento:

El Acuerdo establece nuevas obligaciones para las empresas, reclamadas por CCOO desde el estallido de la pandemia: tendrán que incorporar al trabajo a las personas con contrato fijo discontinuo, durante el periodo teórico de llamamiento que les corresponda, si el mismo está comprendido entre el 1/06 y el 30/09 de este año.

Si la empresa no puede dar ocupación efectiva a estas personas, como consecuencia de la restricciones o medidas de contención originadas por la pandemia, estarán obligadas a incorporarlas a los ERTEs Covid que tengan vigentes o que soliciten, con lo que se evitan situaciones en las que las personas de este colectivo se quedaban en un “limbo” sin estar incorporadas a su trabajo ni protegidas por el ERTE de su empresa.

Importante: Las empresas tienen 15 días para solicitar la incorporación de estas personas al ERTE que tengan en vigor o que solicite, si no lo habían hecho previamente.

Para determinar el periodo teórico de llamamiento, dentro de estos 4 meses, que corresponde a cada trabajador/a, se toma como referencia el tiempo trabajado entre el 1/6/19 y el 30/6/19, o el mismo periodo de 2020 si fueron contratados después.

Medidas de protección a las personas trabajadoras fijas discontinuas:

Se renuevan hasta el 30/9/2021 las medidas extraordinarias de protección de las personas trabajadoras fijas discontinuas, que se resumen:

  • Periodo que sean incluidas en ERTE entre 1/6/21 y 30/9/21:
    • - Tendrán derecho a prestación por desempleo aunque carezcan de cotizaciones suficientes, calculada con el 70% de la base reguladora.
    • - El periodo de la prestación no computa para generar derecho a prestaciones futuras de desempleo generadas durante este año.

 

  • Periodo que no sean incluidos en ERTE ni tengan actividad entre 1/6/21 y 30/9/21:
    • En base al redactado de la Disposición Adicional 3ª del RDL, entendemos que tendrán derecho a la prestación extraordinaria del art. 9 RDL 30/2020:
    • - En los días entre el 1/6 y el 30/9 que no coincidan con periodo teórico de llamamiento (es decir, que no estén trabajando o incluidos en ERTE).
    • - Durante las “interrupciones ordinarias de actividad” en los casos que haya incorporación efectiva.
    • - En las demás situaciones no reguladas en dicha Disposición Adicional.

Te recomendamos expresamente que solicites más información y asesoramiento a través de tus delegadas y delegados de CCOO, contactando con la sede de tu Comunidad Autónoma o provincia (https://www.ccoo-servicios.es/oficinas.html) o mediante correo a Contacta 

Importante: Si eres una persona trabajadora con contrato fijo discontinuo que tuviste todo o parte de tu periodo de actividad dentro de los meses entre el 1/6/2019 a 30/9/2019, y no eres objeto de llamamiento en la fecha que empezaste a tener actividad en 2019, bien para trabajar o para incluirte en ERTE, te recomendamos especialmente que contactes con la sede de CCOO Servicios para analizar las posibles actuaciones jurídicas antes de que se cumpla el plazo de 20 días.


banner afiliaci�n