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TRATAMIENTO FISCAL DE LA PRESTACIÓN ECONÓMICA POR MATERNIDAD
5 Diciembre 2016
Comentario de la 2ª Sentencia del TSJ de Madrid
En el Boletín de CCOO-Servicios se ha publicado un informe sobre la Sentencia del TSJ de la Comunidad de Madrid en relación a la fiscalidad de la prestación económica por maternidad.Esta sentencia no es firme y solo tiene un antecedente que conozcamos; se trata de otra sentencia dictada por la misma Sala y Sección del TSJ de Madrid el 3 de febrero de 2010 con fundamento y argumentación básicamente iguales.
Por tanto, hasta la fecha, tenemos un pronunciamiento aislado que no vincula a los demás Juzgados y Tribunales y cuya revisión por vía de recurso de casación ya ha sido anunciada en los medios por la Administración Tributaria.
La Sentencia puede ser muy discutida jurídicamente, por lo que existe la posibilidad de que este criterio interpretativo no sea compartido por otros Tribunales Superiores de Justicia o por el propio Tribunal Supremo.
Para aquellas beneficiarias de la prestación, si no han transcurrido los cuatro años de prescripción establecidos en la ley y estáis interesadas en comentar las posibilidades de reclamación de la devolución del impuesto, os pedimos que os pongáis en contacto con la sección sindical estatal de CCOO-BMN mediante correo electrónico a grupobmn@servicios.ccoo.es
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