Archivado en Comunicados, Ciberderechos, Digital
CC.OO. cree que la responsabilidad por contenidos es de los autores y no del prestador de servicios
Apoyo a la Asociación de Internautas
El sindicato muestra su apoyo a la Asociación de Internautas que ha sido condenada a pagar 36.000 euros por "responsabilidad solidaria". Hace un llamamiento a la prudencia de todos
La Secretaría de Comunicación de CC.OO. ha hecho público un comunicado en el que expresa su apoyo a la Asociación de Internautas, que ha sido condenada por el Juzgado de Primera Instancia a una sanción de 36.000 euros por responsabilidad solidaria. La doctrina apuntada por el fallo sostiene que los prestadores de servicios son responsables de los contenidos que circulan por sus servidores, contraviniendo así los esfuerzos de los legisladores europeos y nacionales por delimitar las responsabilidades de los prestadores de servicios y abrazando la tesis de las sociedades de derechos de autor, empeñadas desde hace tiermpo en responsabilizar al prestador de servicios de los contenidos de terceros.
CC.OO. cree necesario, no obstante, extremar la prudencia y el respeto a los valores democráticos para evitar que los contenidos alojados en un prestador de servicios puedan vulnerar derechos y libertades. El pleno ejercicio de la libertad de expresión ha de resultar compatible con todos los derechos democráticos, dice CC.OO.
En cualquier caso, CC.OO. considera un peligroso precedente el fallo condenatorio del Juzgado de Primera Instancia al cargar toda responsabilidad sobre los prestadores de servicios y asestar un duro golpe a los muchos foros, blogs, páginas personales
que son ya referencia de la información en red, y que corren serios riesgos si este fallo es ratificado por otros juzgados. El fallo es conscuencia de una iniciativa de la SGAE que arremetió contra la Asociación de Internautas por publicar los contenidos de la Plataforma de coordinación de movilizaciones contra el canon digital que se encontraban alojados en el servidor de la AI.
CC.OO. quiere advertir, por último, que será necesario armonizar las doctrinas y los fallos judiciales para que se ajusten a lo establecido tanto en la legislación comunitaria como en la nacional que delimitan responsabilidades entre los prestadores de servicios y los autores de los contenidos, más allá del oportuno llamamiento a la prudencia de todas las partes.
Modelo de carta de Baja Voluntaria en la empresa
Calendario Laboral 2025. Publicado en el BOE
Alcanzado ACUERDO en el proceso de integración de Targobank y Cemcice en Abanca
Ciberamenazas y fraudes. ¿Los conoces?
Plan de Igualdad Grupo Alsea
Acuerdo Laboral de ámbito Estatal para el sector de Hostelería (ALEH)