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MUVALE-Acuerdo externalización SPA Comunicado Sección Sindical

Firmado el acuerdo que garantiza las condiciones laborales de los compañer@s que pasen a la nueva sociedad de prevencion

El pasado miércoles, día 27 de Julio, las representaciones sindicales de CC.OO., UGT y la Dirección de MUVALE matepss firmamos el Acuerdo, al que hace referencia la Disposición Transitoria Segunda, 1.c) 4º del Real Decreto 688/2005 (regulación de la segregación de los servicios de prevención ajenos), y en el que se estipula las condiciones laborales de los compañer@s que van a pasar a la futura Sociedad de Prevención.


Este artículo se publicó originalmente en PAIS VALENCIANO (Servicios CCOO País Valencià) , Seguros (Sector de Seguros (Cias y MATEPSS, Mediación y Servicios de Prevención)) ,


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El citado Acuerdo que tuvo un periodo de negociación intenso y con un espacio de tiempo muy limitado, dado el margen del que se disponía para llegar a un consenso entre las partes, según lo establecido en el protocolo firmado en su día a nivel estatal entre los sindicatos y la patronal de Mutuas, garantiza básicamente condiciones del pacto mencionado a nivel sectorial y recoge asimismo la mayoría de las premisas importantes defendidas por la Sección Sindical de CC.OO. de Muvale y que se mencionaban en nuestro anterior comunicado :

-La plena salvaguarda de todos los puestos de trabajo existentes al momento de la segregación, recogiendo de forma expresa en este Acuerdo que la misma, no tendrá otras consecuencias jurídicas, económicas y sociales que las inherentes a un cambio de empresario como resultado de una sucesión de empresa según lo recogido en el art.44 del R.D. 1/1995 y que por lo tanto , no generará la adopción de medida alguna respecto de los trabajadores afectados que suponga modificación, suspensión o extinción de sus contratos de trabajo.

-Que los compañer@s afectados por dicha segregación se les garantiza en la nueva sociedad, las condiciones laborales y todos sus derechos actuales que en este sentido venían disfrutando, según el convenio sectorial estatal, hasta la expiración del mismo en 31-12-2007, o hasta la entrada en vigor de otro Convenio colectivo que regule las condiciones laborales aplicables a las Sociedades de Prevención.

-Asimismo y en esta misma línea otros Acuerdos o Pactos que se hubiesen firmado en Muvale Matepss a la fecha efectiva de la segregación .

-Que los trabajadores/as que conformen la plantilla de la nueva Sociedad de Prevención, así como los de la Matepss, (Técnicos, Médicos, ATS, auxiliares y administrativos, podrán optar con carácter preferente respecto a personas ajenas a Muvale, y hasta 31 de diciembre de 2007, a cubrir las vacantes o nuevos puestos que se generen, siempre que cumplan los requisitos exigidos, y en este sentido la empresa dará publicidad de las mismas por el medio más eficaz para conocimiento general del personal.

-Que por este Acuerdo y en base al respeto de las garantías sindicales que vienen reconocidos tanto en el TRET, como en la ley Orgánica de Libertad Sindical, los representantes de los trabajadores que pasen a la nueva Sociedad de Prevención mantendrán “ad personam” sus derechos y garantías, según lo previsto también en el punto quinto del Protocolo sectorial (de fecha 25-01-05), hasta la celebración de elecciones sindicales.

-Que en base a la dotación de personal para cubrir los servicios de Prevención con cargo a cuotas y que según lo establecido en el RD. 39/1997 (Reglamento de los Servicios de Prevención) en lo referente a las distintas especialidades de los técnicos de Prevención y en el que se indica que los trabajadores con antigüedad anterior al 31-12-1997, no fueron contratados para desarrollar las actividades como SPA y por tanto beberían tener la opción a elegir, se ha recogido en el Acuerdo que los técnicos más antiguos podrán solicitar la adscripción a los mismos.

Finalmente y aunque también se han incluido otros aspectos que no hemos desarrollado en este comunicado para no hacerlo más extenso y que también vienen a desarrollar lo establecido en el Protocolo sectorial, destacar que también se ha incluido el compromiso de la creación de una Comisión Mixta de seguimiento del Acuerdo entre las partes que tratará de velar por su debido cumplimiento.

Por otra parte se recogió a la finalización de la negociación y de la última sesión, el compromiso de las partes a emplazarse al mes de Septiembre para el inicio de conversaciones con el objetivo de la consecución de un Acuerdo Colectivo de Empresa.

Por todo lo indicado, nuestra Sección Sindical valora como muy positiva la firma de este Acuerdo y del que daremos la oportuna publicidad a través de nuestros representantes y por los mejores medios para que llegue a toda la plantilla.

Porque creemos firmemente que para la consecución de cualquier objetivo que garantice y mejore las condiciones de los trabajadores, es preciso fortalecer la organización de los mismos en el ámbito de la empresa y en esa línea solicitamos más que nunca la afiliación

a nuestro Sindicato de CC.OO.

Valencia, 2 de Agosto de 2005

-Ver Texto del Acuerdo de Segregación del servicio de prevención ajeno de la empresa MUVALE --Abrir versión PDF

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