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Convenio Colectivo de despachos de abogados, procuradores y graduados sociales de Cantabria
El presente Convenio regula y es de aplicación obligatoria a las condiciones de trabajo entre todas las empresas, ya sean personas físicas o jurídicas, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1o. 2 del vigente Estatuto de los Trabajadores, y quienes les presten servicios laborales de acuerdo con la legislación vigente; siempre y cuando se dediquen, las empleadoras, a la prestación de servicios profesionales de abogados, procuradores y graduados sociales.
El Consejo de CCOO Servicios aprueba las fechas y los documentos a debatir durante su tercer proceso congresual
Modelo de carta de Baja Voluntaria en la empresa
ACUERDO COMPLEMENTARIO AL III CONVENIO COLECTIVO ESTATAL DE EMPRESAS DE TRABAJO TEMPORAL
El BOCM publica el nuevo Convenio Colectivo de Oficinas y Despachos.
Publicado en el BOE el II Convenio Colectivo Estatal de Contact-Center
Alcanzado Preacuerdo en el Convenio Colectivo de Establecimientos Financieros de Crédito