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Extremadura: CCOO Firma el Convenio del sector de Calzado, Piel y Artículos de Regalo
El convenio se firma con vigencia, desde el 1 de Enero de 2015 al 31 de Diciembre de 2017.
Se acuerda una subida salarial para el año 2015 de un 0.60%, para el año 2016 se incrementaran los salarios en un 1.20% y para el año 2017 se fija un incremento de un 1.40%. Los salarios se aplicaran con carácter retroactivo una vez publicado en el DOE. Esta subida será aplicada a los conceptos salariales de Dietas e indemnizaciones por invalidez.
Para el periodo de vacaciones se acuerda el disfrute de vacaciones se podrá dividir como máximo en dos periodos, uno comprendido entre el 15 de junio y el 15 de septiembre y otro el resto del año. El periodo de vacaciones comenzará siempre en días laborales.
Se modifica el artículo ferias y fiestas, aclarando que en el caso de que el día anterior al festivo local, coincidiera en domingo, la tarde se disfrutará el día posterior a la fiesta local de cada localidad.
La actual paga de beneficios pasa a denominarse, paga de Marzo.
Se actualizan a lo dispuesto en la legislación vigente los artículos de Jubilación anticipada y contratación y empleo.
En la conciliación de la Vida laboral y familiar, apartado de la acumulación de la lactancia, se determina el cálculo para los días en caso de acumulación y se actualiza el texto de reducción de jornada por cuidado de un hijo.
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