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ACUERDO DE PREJUBILACIONES 2007
Comfia-CC.OO. firma un ventajoso acuerdo de prejubilaciones en Citibank
Hemos alcanzado un acuerdo para las prejubilaciones de este año que mejora notablemente las últimas condiciones de prejubilación ofertadas por el banco
Hemos alcanzado un acuerdo para las prejubilaciones de este año, al amparo de la Ley 35/2002, que mejora notablemente las últimas condiciones de prejubilación ofertadas por el banco. Las condiciones básicas del acuerdo son las siguientes:
· Vigencia del acuerdo.- Hasta el 31/12/2007.
· Voluntariedad para ambas partes, es decir, el banco puede proponer y el trabajador aceptar o no, voluntariamente y viceversa, un trabajador puede solicitar la prejubilación y el banco puede o no aceptarlo, en función de sus necesidades organizativas.
· Destinatarios.- Trabajadores con 50 años ó más.
· Edad de jubilación:
· Anteriores al 08/03/1980.- 61 años. Los trabajadores de 59 años o más, tres años después de la fecha de prejubilación.
· Posteriores al 08/03/1980.- 63 años. Los trabajadores de 59 años o más, a los 64.
· Asignación de Prejubilación.- A cobrar en 12 mensualidades.
· 100% del salario de Convenio de enero 2007, sin subida de Convenio de 2007 y sin descuento del 6,35% de Seguridad Social a cargo del trabajador.
· Importe del Convenio Especial con la Seguridad Social de 2007.
· Estos dos importes tendrán un incremento del 2,50% anual desde el 01/01/2008.
· Incapacidad y fallecimiento.- Mismos derechos que ahora, aplicados sobre el salario como si se hubiese mantenido en activo.
· Prestación de jubilación.- Plan de Pensiones:
· Anteriores al 08/03/1980.- PE de la edad de jubilación efectiva, aplicado sobre el salario como si se hubiese permanecido en activo.
· Posteriores al 08/03/1980.- Se les siguen haciendo las aportaciones anuales, como si siguiese en activo.
· Beneficios sociales.- Se mantienen las condiciones de los actuales beneficios sociales que tenga cada trabajador. No se generan nuevos beneficios en el futuro.
· Instrumentación.- Contrato individual entre banco y trabajador, al amparo del acuerdo colectivo, que es el que permite la anticipación de la edad de jubilación.
Con este acuerdo, en Citibank se regulan y mejoran las condiciones de prejubilación como en otros bancos, aprovechando las ventajas de la Ley 35/2002, que permite la jubilación anticipada a todos los trabajadores y con una penalización por año de anticipo del 6% al 8%, en función de los años cotizados. En la práctica la mayoría, sino la totalidad, de los prejubilables tendrán un descuento del 6%. Sin este acuerdo, sólo se podrían jubilar anticipadamente los trabajadores que hayan cotizado antes del 01/01/1967 y con una penalización del 8% por año de anticipación.
Al mismo tiempo hemos pactado una prórroga al Acuerdo Colectivo de prejubilaciones desde el 1 de enero de 2008 al 31 de diciembre de 2011. A tales efectos las prejubilaciones que se pudieran abordar en el citado periodo se efectuarán, como mínimo, con las mismas condiciones y acogidas al citado Acuerdo de Prejubilaciones 2007.
Seguiremos informando.
1 de Junio de 2007
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