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Permiso de lactancia: la patronal de Contact Center nos da la razón
Hasta el momento, el Convenio Colectivo sectorial mejoraba al Estatuto de los Trabajadores al incluir la acumulación del permiso de lactancia en un total de 15 días completos. Sin embargo, tal como anunciamos hace dos meses, los cambios normativo y jurisprudencial reconocen que este permiso debe tener en cuenta la jornada de trabajo contratada.
Es por esto que CCOO y otros sindicatos interpusimos demanda en la Audiencia Nacional, para que todas las personas del sector puedan cuidar a sus bebés el mayor tiempo posible, teniendo en cuenta la alta parcialidad de las jornadas que sufrimos.
En la Audiencia Nacional, la patronal no tuvo más remedio que aceptar que llevábamos razón y finalmente suscribimos un acuerdo para la correcta aplicación del permiso. Aunque CCOO insistía en mantener "al menos 15 días", finalmente el texto para la acumulación quedó así:
“Este derecho podrá ser acumulado, fuere cual fuere la modalidad de contratación, en jornadas completas por cada hijo o hija, a disfrutar en los términos previstos para el supuesto de parto sencillo.”
Por tanto, el actual artículo 34.1 de nuestro Convenio queda modificado de manera que, cada persona trabajadora, deberá calcular el número de días de acumulación que le corresponde, según la jornada que tenga contratada:
¿Cómo calcular el nuevo permiso de lactancia acumulado?
Primero. Calcula el día en que tu bebé cumple los 9 meses de edad.
Segundo. Como el permiso de lactancia sin acumular es de una hora al día, cuenta el número de días laborables desde que te incorporas al trabajo hasta que tu bebé cumple los 9 meses.
Ejemplo: Si te reincorporas al trabajo cuando tu bebé tiene 3 meses, te quedarían por disfrutar 6 meses (más o menos 26 semanas) de permiso de lactancia- Además, si trabajas de lunes a viernes, eso equivale a 5 días por semana,
26 semanas * 5 días/semana^ 130 días laborables
Tercero. Ya tienes los días laborables y por tanto, las horas totales (una al día) que te corresponderían. Ahora, convierte esas horas en días completos dividiendo el número anterior entre el número de horas de tu jornada laboral.
Ejemplol: Si tu jornada es de 8 horas al día tu permiso acumulado será de 16,25 días laborables. (130 /8 =16,25 días laborables)
Ejemplo2: Si tu jornada es de 4 horas al día, tu permiso acumulado será de 32,5 días laborables. (130/4 = 32,5 días laborables)
Si tienes alguna duda, ponte en contacto con CCOO.
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