error al insertar registro: Table './servicioses/lectura' is marked as crashed and last (automatic?) repair failed
Regularización de Salarios - Acuerdo del Convenio Colectivo Sectorial Estatal de Marcas de Restauración Moderna

Arquivado en Noticias, Negociacion Colectiva, Condiciones de trabajo, Comunicados convenio

Regularización de Salarios - Acuerdo del Convenio Colectivo Sectorial Estatal de Marcas de Restauración Moderna

La Federación de Servicios de CCOO comunica a las personas trabajadoras del sector de Marcas de Restauración Moderna que el acuerdo de modificación parcial del Convenio Colectivo Sectorial Estatal de Marcas de Restauración Moderna


pdf print pmail

La Federación de Servicios de CCOO comunica a las personas trabajadoras del sector de Marcas de Restauración Moderna que el acuerdo de modificación parcial del Convenio Colectivo Sectorial Estatal de Marcas de Restauración Moderna, alcanzado el 17 de diciembre de 2025, ha sido publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 30 de enero de 2026.

Esta publicación en el BOE confiere al acuerdo carácter vinculante para todas las empresas afectadas por el convenio colectivo sectorial estatal de Marcas de Restauración Moderna.

El acuerdo, suscrito por CCOO-Servicios, FeSMC-UGT y FETICO en representación de las personas trabajadoras, contempla:

 

Tablas Salariales Aplicables (a partir del 1 de julio de 2025)

 

Nivel Salarial

Salario Base Mensual (x 14)

Salario Base Anual

Nivel I

1.545,00 €

21.630,00 €

Nivel II

1.324,28 €

18.540,00 €

Nivel III

1.201,76 €

16.824,64 €

Nivel IV

SMI

SMI

Cláusula de Garantía Salarial

En caso de que el IPC real acumulado del ejercicio 2025 sea superior al incremento del 3% efectuado por el convenio, las empresas deberán actualizar las tablas a partir de enero de 2026, con un tope de 1% adicional.

OBLIGACIONES DE REGULARIZACIÓN

Conforme a lo establecido en el acuerdo, las empresas deberán abonar los atrasos en el mes siguiente al de la publicación en el BOE, es decir, antes del 28 de febrero de 2026.

Esto incluye:

  • Diferencias salariales desde el 1 de julio de 2025 hasta la fecha de esta publicación
  • Actualización de nóminas según la nueva tabla salarial
  • Aplicación correcta del nivel correspondiente a cada trabajador/a

Nota importante: Los incrementos salariales realizados por las compañías durante el ejercicio 2025 podrán ser tenidos en cuenta para el cumplimiento de este acuerdo.

Para consultas, aclaraciones o denuncias de incumplimiento, permanecemos a disposición de todos los representantes sindicales en las empresas.


Artículos más leídos hoy

Infórmate

CCOO Servizos é un sindicato, é Comisións Obreiras nos sectores de Comercio, Financeiro, administrativo, das TIC, Hostalería, Telemarketing, Oficinas, Turismo... Leer más


Síguenos en Telegram

Onde estamos


OFICINAS CENTRALES
C/ Albasanz, 3 1º Planta
28037 Madrid
Tel: 91 540 92 82
Asesoría Madrid 91 536 51 63-64 / 91 536 51 42
Otras Comunidades
Fax: 91 559 71 96