RECORDATORIOS ANTES DE FIN DE AÑO
Desde el comité de empresa de atmira Madrid queremos desearos que paséis unos días estupendos en compañía de vuestros seres queridos y que el año nuevo os traiga lo mejor.
Os informamos que acabamos de acordar con la compañía el calendario de atmira Madrid para 2026, que os lo informará próximamente, por ello os adelantamos que en enero ya podéis disfrutar del primer día de ajuste de 2026.
Además recordaros que no tenemos que ir presencialmente a la oficina entre el 23/12/2025 y el 7/1/2026 ambos incluidos, y tras esas fechas seguiremos con el modelo de trabajo actual.
Nos despedimos hasta después de las fiestas, pero no sin antes recordaros algunos asuntos que debéis revisar antes de que termine el año: días de ajuste, vacaciones pendientes, gastos y kilometrajes percibidos.
BOLETÍN INFORMATIVO
ANTES DE FIN DE AÑO RECUERDA...
NO PIERDAS TUS 3 DÍAS DE LIBRE DISPOSICIÓN
Te recordamos que el plazo para disfrutar de tus 3 días de libre disposición finaliza el próximo 31 de diciembre.
El 75% de las plantillas de Grandes Almacenes exige voluntariedad y compensación en domingos y festivos
Negociación Nuevo Plan de Igualdad 7º Reunión
BOLETÍN INFORMATIVO
Mesa de RR.LL.:
Ajuste modelo de negocio
Guardias de tecnología
Integración planes de pensiones
En la mesa de RR.LL. celebrada ayer la empresa nos ha transmitido un proyecto de ampliación de la plantilla media de las oficinas a equipos de 5-6 personas por centro. Este plan se desarrollará por fases comenzando en 2026 por Madrid, Andalucía Occidental, Málaga y después el resto de territorios, con incorporaciones indefinidas y atendiendo los traslados voluntarios solicitados, una demanda prioritaria de esta organización.
COMUNICADO DE CC.OO. SOBRE LAS MEDIDAS ANUNCIADAS POR LA EMPRESA
Tras el comunicado emitido por la Empresa el pasado 12 de diciembre en el que se anuncia su intención de llevar a cabo reajustes por la marcha del colectivo Generali, queremos anunciar lo siguiente:
Ante la posibilidad de la aplicación de una distribución irregular de la jornada que mediante la modificación de contratos pretenda imponer a los trabajadores periodos de ausencia anuales para su posterior recuperación en temporada alta bajo la amenaza de que, de no aceptarse, será despedido (tal y como ya ocurrió en el presente año con determinados compañeros ante la marcha del colectivo AMA), queremos manifestar que solo la voluntad inequívoca del conjunto de la plantilla de oponerse a dichas imposiciones puede impedirlo.
De la misma forma, la modificación de contratos para la pretendida movilidad funcional que persiga utilizar a los actuales operadores de asistencia para distintas tareas en otras áreas (por ejemplo: venta de pólizas, recuperación de socios o directamente labores comerciales) debe ser rechazada de la misma forma, y por nuestra parte consideramos excede de los límites de la llamada movilidad funcional y no puede imponerse de manera colectiva sin el consentimiento de los representantes legales de los trabajadores.
De este modo, y llegado el caso, solamente el anuncio de que por nuestra parte se actuará parando inmediatamente la producción (tenga las consecuencias que tenga) hará entender a los responsables de que ese no es el camino. Todo lo demás supondría convertir los "reajustes" en una lotería de la muchos saldrían perjudicados.
Es importante asumir que la actual dirección no entiende las relaciones con sus empleados desde el respeto y la transparencia y hará todo lo posible por convertir cualquier reajuste en un engaño al servicio de sus objetivos, cosa que lamentablemente hemos ido aprendiendo a través de la experiencia durante estos últimos 13 años. Solo entienden que imponiendo lo que consideran beneficioso para ellos siempre saldrán ganando. Todavía no han asumido que el negocio funciona porque hay empleados que hacen funcionar el negocio. Quizá haya llegado el momento de hacérselo entender.
Dicho esto, es importante recordar lo siguiente:
1. Si eres convocado para proponerte una modificación en tu contrato, PONLO INMEDIATAMENTE EN CONOCIMIENTO DE UN DELEGADO SINDICAL PARA QUE TE ASISTA Y ESTÉ PRESENTE. No aceptes un no por respuesta. Estás en tu derecho y es vital que haya presente un testigo.
2. Si no estás de acuerdo con la modificación, responde: “No acepto la modificación y me reservo acciones legales”.
3. Cualquier modificación de contrato tiene un periodo de *impugnación de 20 días hábiles desde la comunicación*.
Para que a todos nos quede claro: Si la Empresa pretendiera imponer modificaciones de contrato a un 10% de la plantilla, sería ilegal presentarlas individualmente y estaría obligada a una negociación colectiva previa.
Si, como se ha dejado caer, no se persiguen modificaciones de contrato sino la aplicación de la DIJ, esta no puede emplearse arbitrariamente y funciona de la siguiente manera:
- Máximo 10% de la jornada en cómputo anual.
- Máximo 9 horas diarias.
- Descanso mínimo semanal 1 día y medio.
Es decir: la Empresa no puede aplicarte una DIJ donde te envíen a casa durante 3 semanas en febrero para hacértelas recuperar en agosto. ESO ES ILEGAL.
También es ilegal obligarte a ejercer funciones que no están directamente relacionadas con tu categoría profesional: Si así te lo plantearan, PONLO INMEDIATAMENTE EN CONOCIMIENTO DE UN DELEGADO SINDICAL PARA TOMAR LAS MEDIDAS OPORTUNAS.
Es importante que todos estemos al tanto de la situación y de nuestros derechos, pero más importante aún es entender que SOLAMENTE ACTUANDO COMO UNO Y SIN MIEDO podremos evitar cualquier atropello que suponga despidos y otras vulneraciones a nuestros derechos.
En los próximos días, según tengamos más información por parte de la compañía y de nuestros servicios jurídicos, indicaremos los pasos a seguir y los posibles calendarios de convocatorias de asambleas de trabajadores con el fin de decidir las acciones necesarias que puedan detener las decisiones unilaterales anunciadas por la empresa.
Seguiremos informando
Contacto: race.ccoo@gmail.com
www.ccoo-servicios.es/raceasistencia/












