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Condiciones salariales

Archivado en Comunicados, Salario, Beneficios Sociales, Condiciones de trabajo

Acuerdo Laboral de Integración

ACUERDO DE INTEGRACIÓN

Condiciones salariales

En el Acuerdo de Integración de Unicaja y CEISS hemos conseguido:
 
  • Incrementar el salario de la plantilla que menos cobra.
  • Garantizar que todas las personas mantengan el salario que venían percibiendo hasta el momento sin ninguna merma de sus ingresos.


[...]


Este artículo se publicó originalmente en Unicaja (Sección Sindical Unicaja) ,


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Conociendo la realidad del sector de los últimos años -ERES, ERTES, congelaciones salariales y de derechos laborales- incrementar y garantizar los salarios son grandes logros, aunque no los únicos.

¿QUÉ SUPONE ESTO A EFECTOS PRÁCTICOS? 
 
  • Que todos los trabajadores y trabajadoras que vieron reducido su salario por el recorte del 9% aplicado por el ERE 2013 en CEISS (que CCOO NO firmó), percibirán, como mínimo 20,5 pagas.
  • Que las personas con menores salarios y que no llegaban a este mínimo, tendrán un incremento en sus retribuciones.
  • Que el exceso sobre este mínimo no será absorbido en la nueva estructura salarial de Unicaja, se continuarán percibiendo los complementos no absorbidos y que correspondan. 
  • Que mantenemos la posibilidad de incrementar este salario si:
  • El Beneficio después de Impuestos (BDI) en 2018 es positivo o la entidad reparte dividendos, entonces tendremos derecho a cobrar 0'25% más sobre los conceptos que se establecen en el art.39.1 del Convenio Colectivo en el primer semestre de 2019. 
  • Adicionalmente, si el ROE de la entidad es mayor o igual a 6 tendremos derecho a cobrar otro 0'25% sobre los conceptos que se establecen en el art.39.1 del Convenio Colectivo en el mismo plazo.
 
DEBES SABER...
 
Que a partir de la firma del acuerdo la forma de cobro será la siguiente:
 


La nómina ordinaria se percibe los días 27 de cada mes o día anterior hábil caso de ser sábado o festivo e incluye: salario base, antigüedad, complementos personales, complementos funcionales, y aportaciones al plan de pensiones. 

Las pagas extraordinarias se perciben los días 15 de cada mes o día anterior hábil caso de que fuera sábado o festivo e incluyen solo el salario base y la diferencia retributiva de puesto de trabajo en firme. 

Existen otros conceptos salariales: plus convenio, ayudas guardería, de formación de hijos y de estudios de empleados/as, así como dietas, kilometraje y ayudas varias.


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