Archivado en Consultas Convenio Seguros 2016 2019
Resolución consulta nº 33
Entidad: DIRECCIÓN RRHH MUTUA UNIVERSAL
Artículo: 25.4
Fecha Resolución: 17/07/2019
RESUMEN DE LA CONSULTA
Se pregunta a la Comisión si cualquier cambio de centro de trabajo superior a 25 km supone un traslado.
RESOLUCIÓN DE LA CONSULTA
La Comisión Mixta considera que siempre que haya un cambio de centro de trabajo a otro distinto de la misma empresa que no quede incardinado en alguna de las exclusiones de los apartados 3 y 4 del artículo 25 del convenio colectivo, cuya duración exceda de los límites temporales previstos para el desplazamiento, y siempre que conlleve un cambio de residencia, atendiendo a las circunstancias de cada caso, se tratará de un traslado.
Modelo de carta de Baja Voluntaria en la empresa
¡ESTAMOS EN FITUR 2024!
Calendario Laboral 2024. Publicado en el BOE
El Tribunal Supremo afirma que los permisos retribuidos se conceden para su disfrute en días laborables
Reunión Convenio Banca: Hay avances, aunque solo es un pequeño gesto
Zona Afiliación de CCOO, consigue tu acceso