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CONVENIO COLECTIVO OFICINAS DE CAMARAS, COLEGIOS, ASOCIACIONES, FEDERACIONES E INSTITUCIONES DE LA REGION DE MURCIA
El presente Convenio Colectivo, regulará a partir de la fecha de su entrada en vigor, las condiciones mínimas de trabajo de todo el personal que presta sus servicios en las empresas que se dedican a la actividad de Oficinas de Cámaras, Colegios Profesionales, Asociaciones, Federaciones e Instituciones de la Región de Murcia.
Se publica en el BOE el XVIII Convenio de Consultoría y comienza, con ello, a ser de aplicación
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