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Convenio Colectivo Interprovincial de las empresas minoristas de Droguerías, Herboristerías y Perfumerías 2017-2018
El presente Convenio establece las condiciones de las relaciones de trabajo entre las empresas de comercio minorista de droguerías, herboristerías, perfumerías y los trabajadores encuadrados en la misma.
La inclusión de un Área funcional de Logística en la clasificación profesional de este convenio no afectará en modo alguno al ámbito funcional del convenio de Mayoristas de Droguerías y Perfumerías que seguirá siendo en cualquier caso aplicable allí donde lo fuese en la actualidad o correspondiera por la delimitación de su actividad principal.
Se publica en el BOE el XVIII Convenio de Consultoría y comienza, con ello, a ser de aplicación
Cerberus, Intrum y DoBank pujan por el control de Altamira (Apollo)
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Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales
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DoBank adquiere el 85% de Altamira Asset Management