Archivado en Preguntas frecuentes, Prevision Social
¿Cómo se tramita la jubilación?
La gestión y el reconocimiento del derecho corresponden al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) o, si se trata de trabajadores incluidos en el campo de aplicación del Régimen Especial del Mar, al Instituto Social de la Marina (ISM). La solicitud será tramitada y resuelta en el centro de gestión de la Dirección provincial del INSS del domicilio del interesado, pero puede ser presentada en cualquier registro oficial.
Si bien no es necesaria la presentación de una solicitud según el modelo oficial, resulta conveniente su utilización, ya que en los modelos oficiales se contienen los datos necesarios para resolver el expediente, agilizándose los trámites
Los Documentos que deben acompañar a la solicitud son los siguientes:
a) EN TODOS LOS CASOS:
Acreditación de la identidad del solicitante, representante legal y demás personas que figuran en la solicitud mediante la siguiente documentación en vigor:
· Españoles: Documento Nacional de Identidad (DNI).
· Extranjeros residentes en España: Tarjeta de residencia.
· Extranjeros no residentes en España: Pasaporte o, en su caso, documento de identidad vigente en su país y NIE (Número de Identificación de Extranjero, asignado por el Ministerio del Interior).
· Documentación acreditativa de la representación legal, en su caso.
Bases de cotización a través de:
o Certificación de la última/s empresa/s en las que ha trabajado el solicitante.
o Justificantes de pago de cuotas, si el interesado es el obligado al ingreso de las mismas.
o Certificado expedido por el Instituto Nacional de Empleo (INEM) u organismo competente en su
Comunidad Autónoma, si el solicitante está en desempleo.
Documentación acreditativa de la representación legal, en su caso.
b) JUBILACIÓN ESPECIAL A LOS 64 AÑOS:
· Demanda de empleo del trabajador sustituto, expedida por el INEM u organismo competente.
· Contrato del trabajador sustituto o compromiso escrito de la empresa de hacerlo.
c) JUBILACIÓN PARCIAL:
· Contrato a tiempo parcial del trabajador que se jubila.
· Contrato de relevo del trabajador sustituto.
· Demanda de empleo del trabajador relevista, expedida por el INEM u organismo competente, en su caso, o contrato de duración determinada suscrito con la empresa.
d) PARA COMPLEMENTOS POR MÍNIMOS:
· Si el interesado/a está casado/a, Libro de Familia o certificado en extracto del Acta de Matrimonio.
e) PARA INCLUIR EN ASISTENCIA SANITARIA:
· Acreditación de convivencia con la pareja de hecho, si no estuviera previamente incluida en la cartilla de asistencia sanitaria del solicitante.
OTROS DOCUMENTOS:
· Si ha trabajado en alguna actividad que tenga reconocida bonificación de edad, certificado de la/s empresa/s donde consten las categorías profesionales y períodos trabajados o cartilla de embarque y desembarque para el Instituto Social de la Marina (ISM).
· Si se encuentra en situación de paro involuntario no subsidiado o anticipa la edad de jubilación sin haber sido mutualista, tarjeta de demandante de empleo del INEM u organismo competente.
· Documento que acredite que su contrato de trabajo se extinguió por causas ajenas a su voluntad, si va a jubilarse con más de 61 años y menos de 65.
· Certificado de la empresa, si anticipa la edad de jubilación y recibió indemnización en virtud de acuerdo colectivo.
· Testimonio de la resolución judicial que fija la pensión compensatoria al cónyuge o la anualidad por alimentos a hijos.
· Certificado de minusvalía y grado reconocido del solicitante o de sus ascendientes y descendientes discapacitados, que conviven con él y a su cargo, expedido por el IMSERSO u organismo competente.
· Acreditación de la necesidad de ayuda de terceras personas o por movilidad reducida, expedida por el IMSERSO u organismo competente.
· Auto judicial o certificado de convivencia en régimen de acogimiento familiar permanente, expedido por la Comunidad Autónoma.
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