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Vacaciones 2007
CCOO BANESTO
Por estas fechas, y como cada año, os recordamos los principales criterios que regulan el derecho al disfrute de las vacaciones:
DÍAS:
- 24 días laborables, sin contar los sábados, domingos ni festivos. Los trabajadores de Canarias disfrutarán de cinco días más si pasan sus vacaciones en la Península.
- Recordamos que, además de las vacaciones, tenemos cuatro días de licencia anuales.
PERIODO:
- Del 1 de Marzo al 30 de Noviembre. Fuera de este periodo el trabajador no está obligado a escogerlas (ni en las oficinas de la costa).
- Pero, si por parte del trabajador se solicita, y las necesidades de servicio lo permiten, se pueden disfrutar fuera de las fechas señaladas.
- No pueden comenzar en festivo ni en víspera, salvo petición del interesado.
CUADRO:
- Se confeccionarán dos cuadros por oficina o dependencia, uno para Administrativos y otro para Técnicos.
- Salvo circunstancias que aconsejen otra cosa, en cada uno de los meses de marzo a noviembre, debe disfrutar las vacaciones el mismo número de personas de cada cuadro.
- La empresa tiene la obligación de dar a conocer el cuadro como mínimo 2 meses antes de la fecha de disfrute.
PARTICIÓN:
- Las vacaciones se pueden fraccionar en dos periodos por voluntad del trabajador, y un tercero de acuerdo con la empresa.
- No se puede elegir el segundo periodo hasta que el resto del personal del cuadro haya elegido por primera vez.
PRIORIDAD:
- Por orden de antigüedad en la empresa. Los trabajadores que tengan hijos en edad escolar tienen preferencia para realizarlas en el periodo oficial de vacaciones escolares.
COMPUTO DE DÍAS:
- Los sábados intermedios no computan.
- Una semana suelta, de lunes a sábado, computará cinco días.
- Quien disfrute al menos de cinco días fuera del periodo comprendido entre el 1 de abril y el 31 de octubre podrá ampliar sus vacaciones en un día más.
- Para el resto de dudas sobre cómputo de algún día, es mejor tratar cada caso individualmente, por lo que os sugerimos que os pongáis en contacto con alguno de nuestros delegados.
Para la resolución de cualquier duda, podeis dirigiros a los delegados de CCOO de vuestro territorio.
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