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Ayuda transporte por cambio de domicilio
Artículo
30.- VACANTES EN
La aplicación del radio de
¿Qué hace la
empresa?
Hasta la fecha
se ha mostrado colaboradora en la mayoría
los casos presentados y ha dispuesto que los compañeros afectados
reciban la correspondiente
compensación.
Por lo tanto el
derecho a la colaboración por parte
de la Empresa lo genera el hecho de haber sido cambiado de oficina, NO ESTAR AFILIADO, O AFILIARSE A UN
SINDICATO.
Por supuesto,
ésta Sección Sindical seguirá
ofreciendo sus servicios para ayudar en la solución de éste o cualquier otro problema que
pueda surgir.
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