Archivado en Acuerdos, Negociacion Colectiva
Acuerdo de la Comisión Paritaria de Bingos de la Comunidad de Madrid
El viernes 25 de mayo, CCOO, UGT y ASEJU (Asociación Empresarial de Personas y Entidades Dedicadas a la Gestión de Juegos Autorizados) suscriben y firman el siguiente acuerdo, alcanzado por unanimidad en reunión del pasado 22 de mayo de la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo del Sector de Empresas Comercializadoras de Juegos Colectivos de Dinero y Azar.
Dicho acuerdo recoge que:
A la vista de distintas informaciones y noticias aparecidas recientemente en publicaciones del sector que perjudican la necesaria coexistencia de empresas y trabajadores, esta Comisión Paritaria en uso de sus legítimas funciones y después de un fructífero cambio de opiniones entre los representantes de las dos partes que constituyen la Comisión, han tomado por unanimidad en su reunión del lunes 22 de los corrientes, el siguiente:
ACUERDO
Toda divergencia que pueda existir sobre la actuación de empresas o trabajadores en el ámbito laboral que ponga en peligro la paz social habrá de ser previamente analizada y debatida en el seno de la Comisión Paritaria, y será en dicha reunión cuando se decidirá el camino a seguir y la decisión que finalmente se acuerde.
Las partes pactan que estando en vigor los acuerdos de fechas 27 de abril de 2015 y 30 de diciembre de 2015 y el Convenio Colectivo de fecha 7 de septiembre de 2016, publicado en el BOCM el 12 de octubre de 2016y al amparo de ello se señala la incompatibilidad de dichos acuerdos con el hecho de proceder a realizarse despidos objetivos por causas económicas, tecnológicas o de producción, en base a la implantación del bingo dinámico, en la forma y condiciones que en dichos acuerdos se plasmaron por considerar esta Comisión que dicha modalidad de juego es precisamente la que podría acabar con la extinción de Contratos laborales que viene sufriendo nuestro sector de juego desde hace 18 arios de manera ininterrumpida.
Se recuerda igualmente a todos los empresarios que tienen ubicados sus establecimientos de juegos colectivos de dinero y azar en esta Comunidad que los acuerdos de la- Comisión Paritaria tienen el mismo valor que el propio Convenio y sabido es que las normas de éste son de obligatoria aplicación para la totalidad de las Empresas de nuestro sector radicadas en esta Comunidad Autónoma.
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