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Nuevo informe sobre los derechos de los trabajadores en Singapur
Un nuevo informe publicado por la CSI, sobre las principales normas del trabajo en Singapur y que coincide con el Examen de las Políticas Comerciales de Singapur en la OMC. Diversas restricciones a los derechos sindicales de los trabajadores y trabajadoras de Singapur, y otros aspectos no conformes con las principales normas del trabajo.
Singapur no ha ratificado el Convenio núm. 87 sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación. Diversas disposiciones legales restringen el derecho de sindicación, como por ejemplo la relacionada al registro de sindicatos y el derecho de los trabajadores del sector público a sindicarse, aunque en la práctica se hagan excepciones. El derecho a la huelga está reconocido pero también restringido, en particular para los trabajadores del sector de los "servicios esenciales".
En cuanto a la discriminación, el informe apunta que el perfil de las mujeres trabajadores está mejorando gracias a los esfuerzos educativos y a los programas de acciones positivas, pero sigue habiendo diferencias salariales. En el sector privado, las mujeres siguen teniendo acceso a pocos puestos de liderazgo. Un treinta por ciento de la mano de obra total está constituido por trabajadores extranjeros procedentes de países vecinos, la mayoría no cualificados. Muchos son trabajadores domésticos - se estima que hay 150.000 trabajadoras domésticas empleadas en Singapur. Las horas de trabajo de los trabajadores extranjeros tienden a ser largas y las condiciones de alojamiento, en particular para los trabajadores de la construcción, inadecuadas.
El informe señala además que Singapur ha ratificado los Convenios de la OIT sobre el trabajo infantil, pero a pesar de recientes esfuerzos en este terreno, sigue habiendo partes de la legislación de Singapur sobre el trabajo infantil que han de llegar a estar en conformidad con las normas internacionales. Por otro lado, como resultado de la alta prioridad que se le ha acordado a la educación, en la práctica no hay indicios de trabajo infantil.
Para terminar, el informe destaca el problema del tráfico de mujeres desde países vecinos, a menudo con el propósito de ejercer la prostitución forzosa.
En el informe, la CSI apela al gobierno de Singapur a que ratifique urgentemente los tres Convenios principales de la OIT que no ha ratificado, a saber los Convenios núms. 87, 111 y 105. La legislación tiene que llegar a estar en conformidad con los Convenios núm. 87 y núm. 98 de la OIT, incluyendo la disposición del derecho legal para los trabajadores del sector público a formar sindicatos y la eliminación de las restricciones legales a la huelga. Además, el gobierno tiene que continuar esforzándose por tratar el tema de las diferencias salariales y las restricciones profesionales para las mujeres, así como fortalecer las medidas para proteger a los trabajadores migrantes, incluidos los trabajadores domésticos y de la construcción.
Para leer el informe completo sobre Singapur (en ingles):
La CSI representa a 168 millones de trabajadores de 155 países, y cuenta con 311 afiliadas.
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