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Convenio colectivo de Comercio General de la región de Murcia
El presente Convenio se aplicará a todas las Empresas ubicadas en la Comunidad Autónoma de Murcia. Se aplicará a todas las Empresas y trabajadores encuadrados en los sectores de comercio de los diversos ramos de la producción. Quedan comprendidos en este Convenio, todos los trabajadores de las empresas en su ámbito funcional, con las excepciones que señala el artículo 1.o, párrafo 3, del Estatuto de los Trabajadores.
El Consejo de CCOO Servicios aprueba las fechas y los documentos a debatir durante su tercer proceso congresual
Calendario Laboral 2024. Publicado en el BOE
Modelo de carta de Baja Voluntaria en la empresa
El Tribunal Supremo afirma que los permisos retribuidos se conceden para su disfrute en días laborables
Convenio BANCA: CCOO considera insuficiente e injustificable la subida salarial que ofrece AEB, el 10,5% en 4 años
Avanzan las negociaciones del Convenio de Grandes Marcas del Comercio Textil con las posiciones aún muy alejadas