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Convenio colectivo del sector Comercio Textil de Zaragoza
El período de duración de este convenio será de tres años, desde el día 1 de enero de 2019 hasta el 31 de diciembre de 2021, independientemente de la fecha de su publicación en el BOPZ. A efectos económicos, dado que el acuerdo y la firma del presente convenio se produce finalizado el ámbito temporal, su contenido económico tiene carácter meramente informativo e indicativo, teniendo únicamente efectos económicos la paga especial de firma del convenio recogida en el artículo 7.º, «Retribuciones».
Este convenio afectará a todas las empresas que realicen la actividad de Comercio Textil en la provincia de Zaragoza y a todos los trabajadores/as que presten servicio en las mismas, con las excepciones enumeradas en los artículos 1.º y 2.º del Real Decreto legislativo 2/2015, de 23 de octubre.
Específicamente estarán incluidas en este convenio las empresas cuya actividad sea la venta, distribución, almacenaje y gestión de ropa y complementos textiles.
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