Archivado en Acuerdos, Negociacion Colectiva, Prevision Social
ACUERDO COLECTVO DE EMPRESA DE PREVISÓN SOCIAL DE COMMERZBANK
Es voluntad de las partes sustituir mediante el presente acuerdo lo regulado en los artículos 35 apartados 1 y 2, 36 y 37 del XVIII Convenio Colectivo de Banca, pasando a ser el único sistema de previsión social para las contingencias incluidas en dichos artículos establecido con carácter general para el personal con vínculo laboral efectivo con COMMERZBANK AKTIENGESELLSCHAT SUCURSAL EN ESPAÑA
Acuerdo en materia de permisos y ausencias en horario de trabajo en Rural Servicios Informáticos, S.C.
Devolución IRPF maternidad/paternidad - 2016 y 2017
06-07-12 Para CCOO es imprescindible que se sepa cómo hemos llegado hasta aquí
Comercio Justo, Consumo responsable y certificaciones RSE: lo que debes saber
En defensa del empleo del Banco Santander
COMUNICADO VIII