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CCOO Asepeyo
Una sentencia garantiza 14 días de lactancia por cada niño
El empresario no podrá ampararse en el convenio colectivo firmado si es menos ventajoso, sino que tendrá que atender a la Ley de Igualdad, una norma jerárquicamente superior.
27-10-2008 - Una sentencia de la Audiencia Nacional garantiza a los trabajadores de los grandes almacenes la posibilidad de tomar 14 días de lactancia por cada hijo, de tal forma que si nacen mellizos podrán tomarse 28 días de permiso en caso de que opten por acumular los periodos diarios estipulados para ello, una hora cada día.
Por tanto, el empresario no podrá ampararse en el convenio colectivo firmado si es menos ventajoso, sino que tendrá que atender a la Ley de Igualdad, una norma jerárquicamente superior, que garantiza ese periodo por cada hijo en caso de partos múltiples, con independencia de la forma elegida por la trabajadora, acumulado en 14 días o empleando una hora diaria para ello. Y podrá sumarlo al permiso por maternidad.
Grandes almacenes
La sentencia afecta a 300.000 trabajadores de grandes almacenes, el 60% de los cuales son mujeres, según los datos ofrecidos por UGT. El abogado de este sindicato que ha llevado el caso, Javier Jiménez, se mostró complacido de que el fallo de la Audiencia Nacional haya reconocido lo que se redactó en la Ley de Igualdad, la posibilidad de extender el derecho de lactancia a cada hijo, aunque esta ley se aprobara cuando ya se había negociado el convenio colectivo de grandes almacenes que sólo aceptaba 14 días aunque el parto fuera múltiple. "La negativa de los grandes almacenes perjudicaba a las mujeres, que son las que en su mayoría se acogen a este derecho, aunque también los padres pueden hacer uso de él", afirma Jiménez. "Por tanto, se estaba cometiendo una discriminación indirecta hacia las mujeres, como en diversas ocasiones ha reconocido el Tribunal Constitucional", añade el abogado de UGT.
Ya con anterioridad, los sindicatos lucharon por que el periodo de lactancia, una hora al día (que podía dividirse en dos mitades), pudiera acumularse en un periodo de días fuera del trabajo. Una sentencia del Tribunal Supremo así lo reconoció en 2005 y la Ley de Igualdad Efectiva entre Hombres y Mujeres lo llevó a su articulado. "Desde UGT creemos que con esta sentencia se fortalece ahora el derecho que ya se tenía a disfrutar de esas horas de forma conjunta, porque ahora se hará por cada hijo nacido", explica Jiménez.
La sentencia puede recurrirse ante el Tribunal Supremo.
CARMEN MORÁN
El Pais
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