Arquivado en Preguntas frecuentes, Mujeres e Igualdad, Jornada

Permiso retribuido por intervencion quirúrgica de parientes sin hospitalización

Permisos retribuidos Art. 37.3. del EE TT


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Se crea un nuevo permiso remunerado de 2 días, en los casos de intervención quirúrgica sin hospitalización de parientes hasta el segundo grado de consaguinidad o afinidad, siempre que precise reposo domici­liario. Cuando sea necesario un desplazamiento, el permiso será de 4 días.


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