Archivado en Comunicados, Negociacion Colectiva, Jornada, Condiciones de trabajo

REGISTRO DE LA JORNADA DE TRABAJO

10/05/2019

La empresa nos ha convocado el 21 de mayo a todos los sindicatos a una reunión para tratar el registro de la jornada de trabajo.

 A partir del 12 de mayo entra en vigor la obligatoriedad de registrar la jornada para todas las empresas. La Inspección de Trabajo ha informado de una moratoria de unos dos meses en las sanciones para aquellas empresas que demuestren que están negociando su implantación.


Este artículo se publicó originalmente en Indra (Sección Sindical de CCOO en Indra) ,


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Las obligaciones son las siguientes:

 

- Garantizar el registro horario de la jornada, con el horario concreto de inicio y fin de la jornada de trabajo de cada persona, respetando la flexibilidad horaria.

 

- Organizar y documentar el registro de jornada, previa negociación colectiva o acuerdo de empresa, o, mediante decisión unilateral del empresario previa consulta con los representantes de los trabajadores en la empresa.

 

Conservar los registros durante 4 años, y ponerlos a disposición de las personas trabajadoras, de sus representantes legales y de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

 

El Registro de la Jornada de Trabajo entra en vigor el 12 de Mayo de 2019.

 

El objetivo es el control y registro de las horas extraordinarias, para garantizar su abono y compensación, respetando los descansos semanales y diarios, que no pueden ser inferiores a doce horas entre final e inicio de jornada. La ley no indica la forma de llevar a cabo estos requisitos..

 

Desde CCOO reclamamos la compensación de todas las horas extraordinarias realizadas, y defendemos un sistema que contemple todas las peculiaridades de cada puesto de trabajo, como la labor comercial, el acceso remoto o teletrabajo, la flexibilidad, etc.

 

En la misma reunión del próximo día 21 se va a tratar también el derecho a la desconexión digital fuera del horario de trabajo.

En CCOO consideramos muy importante cumplir con el derecho de limitación del uso de las tecnologías de comunicación para garantizar el tiempo de descanso y de vacaciones de las personas.

 

Te seguiremos informando.

 

Para cualquier duda o sugerencia, ponte en contacto con ccooindra@servicios.ccoo.es

 

 

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