Archivado en Noticias, Negociacion Colectiva, Condiciones de trabajo

Publicado en el BOE el Convenio colectivo para los Establecimientos Financieros de Crédito 2021
Resolución de 5 de octubre de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo para los establecimientos financieros de crédito.
El presente Convenio entrará en vigor el 1 de enero de 2021 y terminará su vigencia el 31 de diciembre de 2021.
El presente Convenio Colectivo sustituye íntegramente, en las materias reguladas por él, a todo lo regulado en anteriores Convenios Colectivos y a la Ordenanza laboral de oficinas y despachos.
En todas las materias no reguladas por el presente Convenio Colectivo se estará a lo dispuesto en el Estatuto de los Trabajadores y, en general, a la legislación de rango superior vigente en cada momento, quedando expresamente derogados los anteriores Convenios Colectivos y sustituida la citada Ordenanza laboral.
Modelo de carta de Baja Voluntaria en la empresa
¿Qué es un Expediente de Regulación de Empleo - ERE?
Movilizaciones territoriales 10 septiembre en defensa de la jornada de 37,5 horas semanales
Cálculo del finiquito: reglas y consejos prácticos
RETENCIONES DEL IRPF Y OTROS DATOS ECONÓMICOS
Convenio Oficinas y Despachos Illes Balears/Islas Baleares