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IGUALDAD ENTRE HOMBRES - MUJERES
Abogada del TUE ve discriminatoria ley española por no reconocer a los padres derecho a reducción de jornada
Abogada del TUE ve discriminatoria ley española por no reconocer a los padres derecho a reducción de jornada
La abogada general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE), Juliane Kokott, dictaminó hoy que el Estatuto de los Trabajadores español vulnera el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres porque sólo concede el derecho a la reducción de jornada durante los primeros nueve meses tras el nacimiento de un hijo a las madres pero no a los padres.
07-05-2010 - En España, el Estatuto de los Trabajadores establece, en favor de las madres que sean trabajadoras por cuenta ajena, el derecho a una reducción diaria de la jornada de trabajo durante los nueve primeros meses tras el nacimiento de su hijo.
Esta reducción puede consistir en una reducción de la jornada en media hora o en el derecho a una hora de ausencia del trabajo que se puede dividir en dos fracciones. La ley se refiere a un permiso "de lactancia", pero la jurisprudencia española también reconoce este permiso a las madres que no amamantan.
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