Es indiferente que el cómputo de las pagas sea anual o semestral.
Si es anual debe corresponder a las dos pagas extraordinarias y si es semestral el computo corresponderá a cada una de ellas en cada semestre, y en los dos caso de manera porporcional si no se ha trabajado todo el año o el semestre base del cómputo.
Como ejemplo te puede servir que si cada una de las pagas es de 100 unidades, en el primer caso, cómputo anual, se tendrá que calcular la parte proporcional de las dos pagas en función del tiempo trabajado en el año: si se entra en agosto, p.ej. serían 5/12 de las dos pagas, 200, que es igual a 83,33 unidades.
Si el cálculo lo hacemos por cómputo semestral, el mismo ejemplo resultaría que de la primera paga extra, la correspondiente al primer semestre (Enero-Junio) no se tendría derecho a nada; pero de la segunda paga extra, correspondiente al segundo semestre (Julio-Diciembre) se devengaría la parte proporcional de 5/6, y el resultado de 5/6 de 100 es 83,33 unidades.
Esto es lo normal y aunque los convenios de oficinas y despachos son de ámbito provincial, y pueden tener diferentes matices de condiciones y garantías.
Si es anual debe corresponder a las dos pagas extraordinarias y si es semestral el computo corresponderá a cada una de ellas en cada semestre, y en los dos caso de manera porporcional si no se ha trabajado todo el año o el semestre base del cómputo.
Como ejemplo te puede servir que si cada una de las pagas es de 100 unidades, en el primer caso, cómputo anual, se tendrá que calcular la parte proporcional de las dos pagas en función del tiempo trabajado en el año: si se entra en agosto, p.ej. serían 5/12 de las dos pagas, 200, que es igual a 83,33 unidades.
Si el cálculo lo hacemos por cómputo semestral, el mismo ejemplo resultaría que de la primera paga extra, la correspondiente al primer semestre (Enero-Junio) no se tendría derecho a nada; pero de la segunda paga extra, correspondiente al segundo semestre (Julio-Diciembre) se devengaría la parte proporcional de 5/6, y el resultado de 5/6 de 100 es 83,33 unidades.
Esto es lo normal y aunque los convenios de oficinas y despachos son de ámbito provincial, y pueden tener diferentes matices de condiciones y garantías.