Archivado en Comunicado breve, Beneficios Sociales

Sobre los permisos retribuidos

17/07/2018


Este artículo se publicó originalmente en Unicaja (Sección Sindical Unicaja) ,


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En nuestro comunicado del 22/03/18 os informábamos de la sentencia del Supremo en la que se declaraba que los permisos por matrimonio siempre debían de comenzar a disfrutarse en día hábil.

A raíz del cambio de jurisprudencia, CCOO hemos presentado primero consultas a las comisiones paritarias y después demandas en varias empresas y sectores, al no resolverse las discrepancias y para extender esa jurisprudencia al resto de permisos. Lo que pretendemos es que cualquier permiso comience siempre en el primer día hábil posterior al acaecimiento del hecho que lo justifica, si este es inhábil.

Ante el gran número de demandas que hemos interpuesto, la Audiencia Nacional ha decidido elevar CUESTIÓN PREJUDICIAL, solicitando la aclaración del criterio sobre los PERMISOS RETRIBUIDOS al Tribunal de Justicia de la Unión Europea, e iniciando un plazo para que llevemos a cabo nuestras alegaciones. Los juicios pendientes quedarán suspendidos entre tanto no se resuelva la cuestión prejudicial; una vez aclarada esta, será mucho más rápida su aplicación a la generalidad de los permisos y convenios.

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