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¿Aumento en tu nómina este mes?

¿Aumento en tu nómina este mes? ¿Es un error? ¿Es una paga extra? NOOO, son los atrasos por la firma del último Convenio de las TIC


Este artículo se publicó originalmente en Capgemini (Capgemini) ,


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El pasado miércoles, los delegados y delegadas de CCOO-Capgemini empezamos a recibir las primeras preguntas de compañeros/as que se habían encontrado con una grata alegría: su nómina era más elevada de lo habitual. Un aumento que no se debe a un error o que Capgemini haya decidido subirnos el salario, sino que corresponde al pago de los atrasos por la firma y aplicación del último Convenio Colectivo XVIII de las TIC.


 

Ese mismo día, la Dirección de RRHH junto al Departamento de Finanzas nos reunía para explicarnos como habían realizado los cálculos de dichos atrasos para cada uno de los colectivos que hay en Capgemini y que pasamos a resumir:

  • Colectivo General:

    • Salario Base y Plus Convenio: la subida por la diferencia de las tablas salariales de estos dos conceptos son compensables y absorbibles por lo que si la persona trabajadora tiene complemento compensable y/o mejora voluntaria NO va a ver aumento real en su nómina ni va a percibir atrasos por ello.

    • Antigüedad: Gracias al acuerdo sobre Política Retributiva firmado por CCOO-Capgemini entre otros sindicatos, tenemos ya un criterio claro de cobro del mismo,

    • Para 2022, la subida correspondiente al incremento de antigüedad derivada de la subida del Salario Base es una subida efectiva y por tanto corresponde también pago de atrasos de 7 meses.

    • Para 2023 el sistema de aplicación es el mismo que el acuerdo de Política Retributiva y por tanto si no has tenido un aumento salarial en 2022 hay subida efectiva de antigüedad  con el correspondiente pago de atrasos. Para las personas que han tenido subida salarial en 2022 se podrá compensar y absorber total o parcialmente .

 

  • Colectivo Altran:

    • Salario Base, Plus Convenio y Antigüedad: Todos los conceptos son compensables y absorbibles en aquellos casos que la persona trabajadora tiene mejora voluntaria. 

 

  • Colectivo Sogeti 2010:

    •  Salario base, Plus Convenio y Antigüedad: Gracias al acuerdo conseguido en su empresa por CCOO en 2008 los conceptos Salario Base, Plus Convenio y antigüedad NO son compensables ni absorbibles.

    • Subida Salarial mínima garantizada: Una subida vinculada al IPC y que si coincide con una subida de tablas de convenio (como es el caso en 2022 y muy probablemente en 2023) el acuerdo en 2008 especifica que se aplicará el mayor de los dos.

 

  • Colectivo Sogeti 2019:

    • Salario Base y Plus Convenio: la subida por la diferencia de las tablas salariales de estos dos conceptos son compensables y absorbibles por lo que si la persona trabajadora tiene complemento compensable o mejora voluntaria NO va a ver aumento en su  nómina.

    • Antigüedad: Gracias al acuerdo firmado por CCOO-Capgemini entre otros sindicatos también tenemos un criterio de cobro claro. El sistema de aplicación es el acordado en la Modificación Sustancial de Condiciones de Trabajo de 2016 . Por tanto, si no has tenido un aumento salarial en los últimos 3 años, hay subida efectiva de antigüedad y aplica el correspondiente pago de atrasos. Para las personas que han tenido subida salarial en los últimos 3 años se podrá compensar y absorber total o parcialmente en función de los importes de los mismos.

    • Incremento Salarial Anual: El acuerdo anteriormente mencionado contempla un posible aumento salarial anual que se calcula sobre los conceptos de salario base y plus convenio. Para los que lo hubieran percibido, habrá un incremento real y cobro de atrasos por los meses no percibidos.

 

  • Aspectos importantes a tener en cuenta:

    • La compensación y absorción sólo aplica cuando hay complemento compensable y/o mejora voluntaria.

    • Los  importes que puedan corresponder por el pago de atrasos son brutos y por tanto deberemos tributar (posible aumento IRPF) y cotizar por ellos (concepto de nómina “552 Comp. Posterior mes Ant.”).

    • El antiguo grupo 3 se desdobla en dos áreas: la 3 Programación y 4 Consultoría. 

No queremos cerrar este comunicado sin informaros que desde CCOO-Capgemini estamos ya realizando una recopilación de las incidencias detectadas a raíz de las consultas que estamos teniendo de las personas que ya han revisado sus nóminas. 

Infórmate, participa, movilízate

Para más información sobre éste y otros temas, no dudes en contactar con nosotros:

 

Madrid: Eladio Pérez, Ramon Fernández Couto | Barcelona: Aranzazu (Arantxa) Pérez Negrón, Daniel Tidona | Asturias: Carlos Castrillo (Castri), David Lopez Castañon

Valencia: Rosa Sotomayor, Luis Valdericeda | Murcia: Jaime Cagigal, Antonia (Toni) López

Otros centros: Aranzazu (Arantxa) Pérez Negrón, Ramón Fernández Couto

 

 

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