Arquivado en Comunicados, Socio Economico
Nuevas incidencias en la aplicación de las antigüedades
La Sección Sindical de CC.OO., ha detectado que no se han regularizado todas las anomalías.
Con fecha 20.09.2004 la Sección Sindical de CC.OO. denunció la aplicación incorrecta de la antigüedad de aquellos empleados y empleadas que habiendo tenido diversos contratos temporales, éstos no les computaban para el cálculo de su antigüedad dentro de la empresa.
Gracias a aquella acción de CC.OO., la Caja se vio obligada a reconocer la antigüedad a unos 200 empleados y empleadas que con la medida salieron beneficiados..
Ahora, de nuevo la Sección Sindical de CC.OO., ha detectado que no se han regularizado todas las anomalías. Básicamente contratos temporales anteriores al año 1999.
Por ello, nos hemos dirigido al Jefe de Recursos para pedirle que dé las instrucciones necesarias y regularice, definitivamente, todas las incidencias.
Aprovechando el hecho de que, periódicamente, la Seguridad Social os envía a vuestro domicilio la vida laboral, echadle un vistazo. Si observáis que, teniendo contratos temporales anteriores a la fecha de antigüedad que os reconoce la Caja, y que entre contrato y contrato no ha habido más de 20 días laborables de interrupción (que es lo que de momento reconoce la Caja), vuestra antigüedad debería contemplar estos períodos trabajados como encadenados.
La regularización de vuestra antigüedad os puede beneficiar económicamente.
En caso de duda, consultad con vuestros representantes de Comisiones Obreras.
Mataró, 18 de octubre de 2006
Gracias a aquella acción de CC.OO., la Caja se vio obligada a reconocer la antigüedad a unos 200 empleados y empleadas que con la medida salieron beneficiados..
Ahora, de nuevo la Sección Sindical de CC.OO., ha detectado que no se han regularizado todas las anomalías. Básicamente contratos temporales anteriores al año 1999.
Por ello, nos hemos dirigido al Jefe de Recursos para pedirle que dé las instrucciones necesarias y regularice, definitivamente, todas las incidencias.
Aprovechando el hecho de que, periódicamente, la Seguridad Social os envía a vuestro domicilio la vida laboral, echadle un vistazo. Si observáis que, teniendo contratos temporales anteriores a la fecha de antigüedad que os reconoce la Caja, y que entre contrato y contrato no ha habido más de 20 días laborables de interrupción (que es lo que de momento reconoce la Caja), vuestra antigüedad debería contemplar estos períodos trabajados como encadenados.
La regularización de vuestra antigüedad os puede beneficiar económicamente.
En caso de duda, consultad con vuestros representantes de Comisiones Obreras.
Mataró, 18 de octubre de 2006
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