Arquivado en Comunicados, Negociacion Colectiva

Por qué CC.OO. trata de hacer cumplir la legalidad y constituir la Mesa por delegados

CC.OO. se ratifica: la Mesa Negociadora debe constituirse en base a los delegados


Este artículo se publicó originalmente en Kutxabank (Sección Sindical Kutxabank) ,


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Para tratar de aclarar la postura que viene manteniendo CC OO en el actual debate (Elecciones-Mesa Negociadora del Convenio) creemos que es necesario explicar, en primer término, algunas de las premisas que establece la ley para la elección de representantes sindicales (Comités de Empresa y/o Delegados Sindicales de Personal).

En principio se define como circunscripción electoral básica el “Centro de Trabajo”. Cuando en éste se integre un número de personas igual o superior a 50 se elige un Comité de Empresa. En otro caso, en centros de menos de 50 personas, se eligen los denominados Delegados de Personal (entre uno y tres, dependiendo del número de personas que trabajen en ese lugar), pero siempre y cuando dicho Centro de Trabajo esté dotado con una plantilla de más de 5 personas. En los Centros de menos de 6 personas a éstas no se les reconoce el derecho a elegir representantes.

Sin embargo la ley permite también la constitución de las denominadas Agrupaciones de Centros. Esta figura consiste en agrupar como un solo centro, dentro de una misma provincia (se pueden incluir municipios limítrofes), a todos los centros de trabajo de más de cinco personas, siempre que la suma de todos ellos igualen o superen el número de cincuenta personas, al objeto de elegir a su vez un Comité de Empresa.

La situación actual en la BBK es la siguiente: Existen tres Comités de Empresa diferentes

1 - El de Edificios Centrales considerados, en su conjunto, como un solo Centro de Trabajo que incluye además a las oficinas “000” y “100” por estar integradas físicamente en dichos edificios.

2 - El de Madrid, en el que se engloban todas las oficinas de su red provincial como si se tratara de un único centro, además de incorporar a las de Toledo, Guadalajara y Ciudad Real.

3 – El denominado de Otros Centros que abarca toda la red de oficinas de Bizkaia además de las de Araba, Cantabria, La Rioja, Zaragoza, Barcelona y Valencia.

Parece obvio, después de lo expuesto más arriba, que esta última situación (lo mismo que ocurre en Madrid con las otras tres provincias “anexadas”) no se atiene estrictamente a la legalidad vigente ya que en el Comité de Otros Centros están incluidas oficinas de diversas provincias. Esta situación es el fruto de un pacto previo entre sindicatos y empresa.

Además, el proceso electoral que dio origen a los actuales Comités de Empresa resultó sumamente complejo y laborioso a la hora de la recogida de votos en el caso de las provincias ajenas a la de Bizkaia para el Comité de Otros Centros dado el sistema utilizado de urnas itinerantes con el consiguiente desplazamiento de personal, premura de tiempo, etc. Y creemos que, hoy por hoy, sería inviable repetir algo similar.

En efecto, la situación real en la actualidad, tras la aplicación de los planes de expansión de la Caja (todavía en plena fase de desarrollo) es todavía más compleja dado que existen ya numerosas oficinas (abiertas o con su apertura prevista para antes de las elecciones) en las provincias de Castellón, Valencia, Alicante y Málaga, y habrá otras, a corto y medio plazo, en Murcia, Cádiz, Sevilla, Asturias… con lo que el mapa electoral se complica aún más.

Si a todo esto le añadimos el hecho de que, casi con seguridad, en ninguna de estas provincias se va a alcanzar (al menos a medio plazo; podéis ver en el cuadro adjunto la situación al día de hoy) la cifra de cincuenta trabajadores y que además muy pocas de todas esas oficinas van a disponer de plantillas que superen las cinco personas, nos encontramos con que una parte sustancial del personal destinado a la Expansión, si no su totalidad, puede quedarse sin ninguna posibilidad de ejercer su legítimo derecho a elegir a sus representantes sindicales.

Provincia

Plantilla

Alava

10

Alicante

33

Barcelona

9

Cantabria

45

Castellón

4

Ciudad Real

3

Guadalajara

3

La Rioja

20

Málaga

26

Toledo

4

Valencia

40

Zaragoza

26

Total

223

Lo que CC OO trata de evitar con todos los medios a su alcance es que se llegue a producir esta situación a todas luces injusta y que ni un solo trabajador ni trabajadora de la BBK queden marginados del próximo proceso electoral. Las elecciones pueden verse todavía demasiado lejos pero los procesos electorales son complejos y requieren de una preparación concienzuda y detallada que exige anticipar muchos aspectos con tiempo suficiente. Es por eso que nuestra propuesta se la expusimos tanto a la empresa como al resto de los sindicatos el pasado mes de noviembre y hemos venido insistiendo en ella desde entonces. Por lo tanto no es algo nuevo ni desconocido para ellos, no es algo que ahora nos hayamos sacado de la manga con no se sabe qué aviesas intenciones. Simplemente, tratamos de alcanzar un acuerdo que garantice el derecho de un buen número de compañeros y compañeras de la BBK a elegir a sus representantes.

Nuestra propuesta, en fin, pasa por la firma de un pacto, cuyo texto también adjuntamos, entre todas las partes (sindicatos y empresa), a fin de salvaguardar plenamente ese derecho para TODAS las personas que integran la plantilla de la Caja. Y este pacto nos parece imprescindible porque lo que tratamos es de blindar un sistema que garantice la posibilidad de votar para toda la plantilla.

A partir de la fecha de firma de este acuerdo para el desarrollo de las Elecciones Sindicales en la Bilbao Bizkaia Kutxa (actividad financiera), las Secciones Sindicales abajo firmantes se comprometen a desarrollarlas de acuerdo a las siguientes normas:

1.- En la provincia de Bizkaia se constituirán 2 Comités de Empresa:

ü Un Comité de Empresa que agrupe a todos los trabajadores sitos en los Edificios Centrales.

ü Un Comité de Empresa que agrupe a todos los trabajadores sitos en el resto de centros, agrupando éstos.

2.- Para las provincias con más de 50 trabajadores:

ü Un Comité de Empresa que agrupe a todos los trabajadores sitos en la provincia, agrupando todos los centros de trabajo.

3.- Para provincias con menos de 50 y más de 5 trabajadores:

ü Elección de Delegados de personal, agrupando a todos los trabajadores sitos en la provincia, agrupando todos los centros de trabajo y elección del número de delegados que corresponda.

CC.OO. ELA LAB ASPEM

Desde CC OO hemos dejado claro que, una vez alcanzado este acuerdo, no tendríamos ningún inconveniente en constituir la Mesa Negociadora calculando la representación en función del porcentaje de votos obtenido por cada sindicato; pero, si por el contrario, alguna de las partes intenta, bien sea mediante el aplazamiento o de cualquier otra forma, impedir que compañeros y compañeras de la BBK puedan votar, CC OO no admitirá en ningún caso una representación en la Mesa de Negociación, distinta a la de los DELEGADOS.

Nos parece de hipócritas pedir con una mano la constitución de la Mesa en función de los votos obtenidos mientras con la otra se impide votar a una parte de la plantilla y, por supuesto, computar sus votos. Sencillamente, no vamos a caer en esa trampa.

La solución que propugna CC OO consiste en agrupar a todos los centros de cada provincia, con independencia de su número de trabajadores (y siempre que no se alcancen los cincuenta, en cuyo caso se elegiría un Comité de Empresa) para elegir el número de Delegados de Personal que corresponda en cada caso (mínimo uno y máximo tres). Y establecer así un Colegio Electoral provincial en cada una de las provincias en las que existan oficinas de BBK, excluyendo lógicamente a Bizkaia y Madrid que cuentan con plantilla suficiente como para elegir sus propios Comités de Empresa.

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