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Importante sentencia sobre antiguedad. Mas tiempo libre en 2008

La sentencia también es de aplicación en Caja Madrid y debería tener efectos retroactivos

Siempre conviene contrastar la información que recibimos de la empresa sobre cualquier aspecto laboral con la que podemos obtener de fuentes sindicales.


Este artículo se publicó originalmente en Caja Madrid (Sección Sindical Caja Madrid ) ,


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ð El Tribunal Supremo acaba de confirmar una sentencia previa, favorable a CC.OO. frente a Caja Layetana. La demanda se origina por la práctica de algunas Cajas de contratar a un trabajador bajo diversas modalidades de contratación, sin computar luego muchos de esos periodos, cuando pasa a fijo. El TS señala que se deben computar, a efectos de promoción, todos los periodos en que una persona ha sido contratada por la Caja, con independencia del tiempo transcurrido entre contratos.

ð Este fallo se encuadra en la doctrina que viene dictando el Tribunal Supremo sobre la imposibilidad de establecer diferencias entre trabajadores según su tipo de contrato; doctrina a la que CC.OO. hemos contribuido, al obtener sucesivos pronunciamientos favorables en litigios frente a la Caixa, Caixa Catalunya y Bancaja, entre otras.

ð La sentencia también es de aplicación en Caja Madrid y debería tener efectos retroactivos, por lo que CC.OO. hemos solicitado a la Dirección que computen todos los periodos en que un empleado o empleada haya trabajado en nuestra empresa con contrato temporal, y también como ETT. Seguiremos informando.

* Si has tenido varios contratos antes de pasar a fijo ó fija, puedes comprobar si esto te afecta solicitando los datos de tu vida laboral que constan en la Segur. Social desde el enlace habilitado en nuestra web; y cotejarlos con tu trayectoria profesional.

 

 

 

 

 

MÁS TIEMPO LIBRE EN 2008

 

ð Recordamos los días de vacaciones y de permiso anual (que se pueden acumular a los periodos vacacionales) en el año en curso y en cada uno de los destinos. El tiempo libre es un aspecto central de nuestras condiciones de trabajo, que viene siendo mejorado a través de acuerdos promovidos por CC.OO., como el Convenio Colectivo de las Cajas 2007-2010, firmado en Octubre pasado; ó el Acuerdo de transformación de la semana de Fiestas patronales en Caja Madrid, de Diciembre de 2004.

 

 

 

 

 

- Empleados de la red de oficinas : 25 días de vacaciones + 2 días de permiso y 2 tardes de jueves libres más.

 

 

 

 

 

- Empleados de departamentos y servicios centrales : 25 días de vacaciones + 3 días de permiso .

 

 

 

 

 

- Tardes de jueves librespara la plantilla enhorario general, tanto oficinas como departamentos: desde la primera de Mayo a la última de Septiembre, más la tarde del jueves 18 de diciembre (este año, el 25-Dic. y el 1-Enero, días festivos, caen en jueves).

 

 

 

 

 

- Empleados de oficinas y departamentos con horario singular: además del tiempo libre pactado para cada horario singular se añade 1 día más de permiso en todos los casos, según lo suscrito en el pasado Convenio para toda la plantilla. 

 

 

 

 

 

ð El pasado Convenio también ha aumentado, p.ej., el permiso por enfermedad grave, hospitalización ó fallecimiento de un familiar en 1º grado consanguinidad/ afinidad, que ahora son 3 días; ampliables en 2 días naturales, si se precisa desplazamiento.

 

 

 

 

 

ð La Intranet ofrece una información deficiente sobre algunos de nuestros derechos, al igual que ocurre con la que a veces obtenemos en el tf. 33033, así como de algún Técnico de Recursos Humanos. Siempre conviene contrastar la información que recibimos de la empresa sobre cualquier aspecto laboral con la que podemos obtener de fuentes sindicales, de distintas formas.

 

 

 

 

 

Madrid, 29 de enero de 2008

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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