Archivado en Legal, Salud Laboral
CCOO consigue que la presión y el estrés sean reconocidos como riesgos de la profesión bancaria
- El Tribunal Supremo ratifica la sentencia de la Audiencia Nacional contra la negativa de Caixabank a identificar correctamente los riesgos psicosociales.
En 2011, la Sección Sindical de CCOO en CaixaBank denunció a la empresa ante la Inspección de Trabajo porque en la evaluación de riesgos laborales no se hacía una correcta identificación de los riesgos psicosociales. Ante la negativa de la Dirección a los requerimientos de la Inspección de Trabajo, en 2014 CCOO presentó demanda en la Audiencia Nacional, y ésta dio la razón al sindicato.
La empresa recurrió y ahora, finalmente, el Tribunal Supremo ha ratificado la sentencia dictada por la Audiencia Nacional contra CaixaBank.
De esta manera, la empresa es condenada a realizar correctamente una identificación de riesgos psicosociales y, una vez sean identificados, a adoptar las medidas correctoras y eliminadoras de los mismos (incluidos cambios organizativos y comerciales y medidas preventivas).
CaixaBank deberá modificar su política preventiva sobre los riesgos psicosociales derivados del trabajo y repetir la evaluación de riesgos utilizando un método fiable y objetivo y con la participación efectiva de los representantes de los trabajadores y las trabajadoras.
Para CCOO, el reconocimiento del fallo de la Audiencia Nacional significa un gran avance en un tema de vital importancia para las plantillas del sector, en momentos en los que la presión no cesa e incluso se incrementa con las consiguientes consecuencias negativas sobre su salud.
Modelo de carta de Baja Voluntaria en la empresa
Yolanda Díaz se reúne con CCOO y UGT para conocer su opinión ante la OPA sobre el Sabadell
Convenio de BANCA: AEB debe avanzar en una propuesta de cierre que permita tener convenio antes del verano
Primera reunión de negociación del XIX Convenio TIC. CCOO presenta su propuesta.
BOLETÍN INFORMATIVO
CCOO se concentra en la sede de Paradores por el desbloqueo de la negociación del Convenio Colectivo