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Pagas voluntarias:finalizado el proceso judicial de la primera demanda
Manuel Luna fue el primer empleado de Caixa Laietana que presentó una demanda por no cobrar las dos pagas llamadas voluntarias.
Un Juzgado de Mataró falló a su favor basándose en el hecho de que teniendo reconocida, en aquel momento, una antigüedad anterior al año 87, el hecho de tener un contrato de tres meses en el momento de la firma del pacto no podía ser motivo de exclusión. Era discriminatorio.
La sentencia, al margen de establecer que tenía derecho a cobrar las dos pagas, determinó una indemnización que se cuantificaba en el importe dejado de cobrar a lo largo de los años.
Otras consideraciones de la sentencia propiciaron la presentación de nuevas demandas por vulneración de derecho fundamental.
La Dirección de la Caja, visto el fallo de la sentencia, publicó un escrito, en que reconocía que el pacto del año 86 había quedado desfasado debido a la discriminación por tipo de contrato y reconocía el derecho a cobrar las dos pagas a quien demostrara tener una antigüedad anterior al año 1987.
El único que cumplía las condiciones exigidas por la Dirección, era quien ganó la sentencia. Es decir, Manuel Luna.
Por la indemnización, la Dirección de la Caja, presentó recurso ante el Tribunal Superior de Catalunya que lo desestimó.
En un intento de alargar el proceso todo lo posible, anunciaron la interposición de otro recurso ante el Tribunal Supremo.
Ayer tuvimos conocimiento de una diligencia del Tribunal Supremo que comunicaba que la Caja, finalmente, no había presentado ningún recurso y que, por tanto, la parte de sentencia favorable al cobro de la indemnización también era firme.
Mataró, 8 de febrero del 2007
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