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Cláusula de Revisión Salarial de Seguros: Revisión del 0,7% sobre la tabla salarial del 2006
REVISION SALARIAL
Tal como establece dicho Artículo del Convenio, esta revisión salarial se abonará en una sola paga durante el primer trimestre de 2.007
El pasado 23 de enero se celebró la reunión de la Comisión Mixta paritaria del Convenio Colectivo Estatal del Sector de Seguros y Mutuas de Accidentes de Trabajo. En esta reunión, se procedió a aplicar la Cláusula de Revisión Salarial, tal como consta en el citado convenio en su Artículo 36.
Con tal motivo, una vez constatado por el INE que el IPC del año 2.006 se sitúa en el 2,7%, se efectuó una revisión del 0,7% sobre la tabla salarial del 2006, dando lugar a la tabla revisada para el 2006. De la misma manera, se configuró la tabla salarial para el 2007 contando con la previsión hecha por el gobierno de un IPC del 2%. Más abajo se exponen ambas tablas.
Asimismo, tal como establece dicho Artículo del Convenio, esta revisión salarial se abonará en una sola paga durante el primer trimestre de 2.007, afectando la consiguiente subida a los siguientes conceptos:
Tabla de Sueldos base por nivel retributivo.
Tabla de Complemento por Experiencia.
Complemento de Adaptación Individualizado.
Y además:
Plus de Residencia
Plus Funcional de Inspección.
Ayuda económica para vivienda (supuestos de traslado).
También se procedió a actualizar la compensación por comida para el 2007, (subida de 0.30 tal como marca el convenio sectorial), y las dietas y el kilometraje, (según la evolución de los índices de referencia).
COMFIA CC.OO. quiere resaltar la importancia de este logro conseguido en el sector, resultante de la negociación del Convenio General de Seguros, ya que de esta manera, queda patente el hecho de que la citada cláusula de revisión salarial evita la perdida de poder adquisitivo resultante de la desviación del IPC respecto a la previsión.
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