Archivado en Mujeres e Igualdad
CCOO Interpreta este permiso como no discriminatorio y de corresponsabilidad
Contact Center: Conflicto Colectivo por el Permiso de Lactancia
El Artículo 32 del Convenio indica que “el permiso de lactancia podrá ser disfrutado indistintamente por la madre o el padre en caso de que ambos trabajen”. CCOO, durante la negociación del Convenio insistimos en que se eliminara la parte que indica "en caso de que ambos trabajen", para que no constituya una diferencia de trato por razón de sexo.
Lamentablemente la patronal no quiso entrar en razón, y es por eso que, el día 19 de abril CCOO, ha presentado un conflicto colectivo para revisar el redactado de dicho artículo.
El permiso de lactancia para CCOO, no concurre la necesidad de proteger la salud de la mujer trabajadora después del embarazo y parto, sino que tiene una finalidad diferente al supuesto tradicional, al haberse desvinculado el referido permiso del hecho biológico de la lactancia natural, pues no se trata de garantizar la recuperación de la madre trabajadora mediante el derecho a suspender el contrato de trabajo con reserva de puesto durante un periodo determinado, sino que debe considerarse actualmente como un mero tiempo de cuidado a favor del hijo o de la hija y como una medida conciliadora de la vida familiar y laboral tras el disfrute del permiso de maternidad, y de contribuir a un reparto más equilibrado de las responsabilidades familiares.
Este permiso no debe pretender excluir al otro progenitor o progenitora, sino más bien incluir en la responsabilidad del cuidado del hijo o la hija a quien tradicionalmente no la tenía.
Os seguiremos informando.
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