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Protocolos de Salud Laboral (4)
Acoso laboral y "mobbing"
Comfia-CCOO hemos propuesto un Protocolo de Prevención y Actuación frente al Acoso Laboral, para garantizar un ambiente de trabajo saludable y exento de violencia, que forme parte de la cultura de la Empresa y que garantice rapidez y eficacia ante una situación de acoso en el lugar de trabajo.
"Siempre, desde que entré en el Banco, lo he dado todo,me he implicado a fondo. Por eso, no puedo entender laactitud negativa hacia mí de la Dirección de la oficina.No cme facilita la información necesaria para hacer mitrabajo, me prohíbe hablar con mis compañeros, medenigra ante ellos y ha llegado incluso a insultarme. Cadadía que pasa me siento peor. Me cuesta levantarme de lacama, y cada vez más, la idea de ir a la oficina se vuelvemás insoportable. Me siento fatal. Todos los días tengo queencerrarme en el cuarto baño a llorar. Cuando he intentadoaclarar las cosas, ha negado que exista ningún problema.Sin embargo, a los demás les dice otra cosa.No aguanto más"
Hechos como los descritos son intolerables.
Toda la plantilla del Banco tiene derecho a un ambiente de trabajo adecuado, libre de amenazas e intimidaciones, y a recibir ayuda si está sufriendo una de estas situaciones. Aunque la legislación persiga estos hechos y el propio Banco, en su Código General de Conducta, los considere inaceptables, en Comfia-CCOO creemos necesario ir más allá. Para ello hemos propuesto un Protocolo de Prevención y Actuación frente al Acoso Laboral.
Entre las medidas preventivas, exigimos acciones formativas para todo el personal, que incidan especialmente en este tema, sobre todo para las personas que dirigen equipos; también una correcta evaluación de riesgos psicosociales, para detectar a tiempo que se está produciendo un caso de acoso laboral. El Protocolo debe servir además para diferenciar el acoso laboral (que tiene la finalidad de anular a la persona y provocar su abandono del Banco) de otras situaciones. La exigencia y la presión del día a día no pueden degenerar en situaciones como la descrita.
Solicitamos la adopción de medidas cautelares desde el momento de la denuncia, tales como la separación del presunto acosador y la víctima, y un procedimiento de esclarecimiento de los hechos pautado y protocolarizado.
Proponemos la constitución de una comisión instructora, con representación sindical, que tramite los casos denunciados con celeridad y con garantías para las partes afectadas, y que sea capaz de emitir una resolución en el plazo más breve posible, con la propuesta de actuaciones, ya sean de carácter disciplinario u organizativo, y la consideración de accidente laboral, si se constata la existencia del acoso.
7 de noviembre de 2011