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Barclays 29-10-2008. COMUNICADO CONJUNTO CC.OO. - UGT A LA PLANTILLA

Principio de acuerdo sobre prejubilaciones y bajas incentivadas

Queremos avanzaros el principio de acuerdo al que hemos llegado en el día de ayer, 28-10-08, con el banco, a falta del redactado final. 

 


Este artículo se publicó originalmente en Barclays (Servicios CCOO en Barclays Bank) ,


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Los términos del principio de acuerdo son los siguientes:

Jubilación parcial, flexible y contrato de relevo

Será de aplicación a todos los trabajadores/as de 60 o más años cumplidos al 31-12-08. Esta propuesta afecta a 41 compañeros/as.

Las condiciones de esta jubilación parcial son: 85 % de pensión de la SS y 15% a cargo del Banco hasta los 65 años.

 

En cualquier caso, las condiciones no podrán ser peores que las de la prejubilación y lo normal es que sean mejores, por la propia naturaleza de la figura de jubilación parcial.

Prejubilaciones 

Edad de prejubilación

Oferta para trabajadores/as de 57, 58 y 59 años cumplidos al 31-12-08. 

El banco tendrá la posibilidad de hacer excepciones, (no permitir la prejubilación) hasta un máximo de 15 personas en el colectivo de 58 años, así como en el 30% de los trabajadores/as (34 personas) que tengan 57 años. La suma de todas las excepciones nunca podrá superar el número de 40 personas. Los trabajadores/as que al 31-12-2008 tengan 58 años, y no les permitan prejubilarse tendrán la garantía, por escrito, de que se prejubilarán ó jubilarán parcialmente, en función de la edad y condiciones, antes del 31/12/2010.

Edad de jubilación: 

  • 61 años para los colectivos 1 y 3 (BB y BZ anteriores al año 1980).
  • 63 años el colectivo 2 (BB y BZ posterior al 1980). 

Etapa de prejubilación.-

Salario de prejubilación.-

El mayor importe de estos dos:

  • 95% del salario de convenio (una vez realizada la revisión de IPC), que incluiría también la bolsa de vacaciones media, la ayuda de comida, y complemento personal de destino (Canarias y Baleares). Para todos los cálculos, el salario de convenio se actualizará con la revisión del IPC prevista en el Convenio, que hemos fijado, a falta de confirmación final, en un 2,75%. Es decir, el salario de convenio de 2008 subiría un 4,75%, en lugar del 2% que venimos cobrando desde el día 1 de enero, con los atrasos correspondientes al 2008. 

 

  • 85% del salario real, que incluye salario convenio más gratificación por puesto, gratificación voluntaria, y complemento personal de destino (Canarias y Baleares), con un límite por todos los conceptos de 54.000 €. Si hay exceso de 54.000 €, este se computará al 40%

 

Revalorizaciones.-

El salario de prejubilación y el pensionable, así como la dotación correspondiente al plan de pensiones, se revalorizarán en un 2% anual, hasta la fecha de jubilación.

A estos importes, en ambos dos casos, se le añadirá el importe correspondiente al Convenio Especial con la Seguridad Social, con las revalorizaciones que cada año marque este organismo.

 Plazo de solicitud de prejubilación voluntaria: hasta el 30 de noviembre de 2008


Plan de Pensiones y Etapa de jubilación:

  • Colectivo 1.- Se recalculará y aportará al Plan de Pensiones el importe abonado en concepto de servicios pasados, calculado en su día a la edad de 65 años y que ahora se tiene que calcular a la edad de 61 años, mayor que el anterior.
  • Colectivo 2.- Se les mantendrán las aportaciones al plan de pensiones, como si siguieran en activo, hasta la fecha de jubilación.
  • Colectivo 3.- Se jubilarán con el PE de 61 años, mayor que el de 63 y, por tanto, como al colectivo 1, se le recalculará y aportará al plan de pensiones el importe necesario para tener los derechos consolidados del PE de 61 años.


Bajas voluntarias

 Las bajas voluntarias tendrán dos fases:

  • Una primera, desde la firma del acuerdo y hasta el 30-11-08, en la que los trabajadores/as podrán apuntarse voluntariamente en base a 65 días por año trabajado "sin limite" más una prima de enganche de 6.000 € para aquellas solicitudes que presenten los empleados/as a RRHH antes de la citada fecha. El banco habilitará una aplicación en la intranet para que voluntariamente los trabajadores/as que lo deseen se puedan acoger a dicho plan, aunque siempre será la empresa, en última instancia, quien decida aceptar o denegar la petición.
  • Una segunda fase, a partir del 01-12-08 , en la que la empresa se podrá dirigir a los empleados/as que crea oportuno para ofrecerles la baja voluntaria en los mismos términos, incluida la prima de enganche, si acepta antes del 31-12-2008

El importe de la indemnización se abonaría, si el trabajador/a quiere, en dos pagos, en 2008 y 2009, para conseguir un mejor tratamiento fiscal.

La recuperación del fondo de pensiones sería en la fecha de salida del trabajador/a, por el importe que tenga dotado o le corresponda, según el colectivo, a esa fecha.

La empresa informará a los empleados/as a los que vaya a dirigirse, con suficiente antelación, para que puedan ejercitar su derecho a estar acompañados en la entrevista por los representantes sindicales que crean oportuno, garantizando de esta manera la voluntariedad de la aceptación.

 

Varias consideraciones

Este acuerdo tendrá la misma duración que el Plan de Competitividad, hasta el 31-12-2010, y sería de aplicación para todas las empresas del Grupo, en caso de que el Banco lo crea necesario, aunque, en principio, no lo contempla.

Si dentro del periodo de dicho plan, la empresa dispusiera de una nueva dotación económica para este mismo objetivo, deberá aplicar las mismas condiciones que en este acuerdo firmado.

Durante la duración de este acuerdo (31-12-2010) el banco no podrá utilizar mecanismos traumáticos como ERES, traslados, despidos objetivos, etc…

La firma del acuerdo se prevé aproximadamente para el 10-11-2008.

Transcurridos 6 meses se reunirán de nuevo todas las partes implicadas en este acuerdo para evaluar la efectividad del mismo.

 

 


29 de octubre de 2008

 

 

 

 

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