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Convenio Colectivo de Oficinas y Despachos de Burgos
El presente Convenio obligará a todas las empresas presentes o futuras, cuyas actividades vienen recogidas en el artículo segundo de este Convenio (oficinas y despachos) y cuyos centros de trabajo radiquen en Burgos capital o en la provincia, aún cuando las empresas tuvieran su domicilio social en otra provincia.
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(Foto CespinoQ http://www.flickr.com/photos/cespinoq/106819366/)
Modelo de carta de Baja Voluntaria en la empresa
BOLETÍN INFORMATIVO
Características Básicas del Permiso Individual de Formación (PIF)
Constituida la Mesa de negociación del ERE en H&M
Firmado el acuerdo de pensiones alcanzado el pasado 31 de julio por el gobierno, sindicatos y patronal
Convenio Colectivo Estatal de Acción e Intervención Social