Arquivado en Legal, Condiciones de trabajo

Camareros Hosteleria (sentencia)

6.000 trabajadores y trabajadoras de Hostelería de Ciudad Real cobrarán las horas nocturnas y podrán llevar al médico a sus hijos menores

  • La Justicia ordena rectificar dos artículos del convenio colectivo del sector por violar la legislación vigente en perjuicio de los intereses de los asalariados, tal y como advirtió CCOO. 
  • Pese a la obviedad de los errores y pese al requerimiento de la Autoridad Laboral para que se subsanaran, la Patronal se negaba a adecuar el convenio al Estatuto de los Trabajadores -en lo que respecta al Plus de Nocturnidad- y al Código Civil -en la definición de la mayoría de edad.


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Ciudad Real, 11 de enero de 2016. El juzgado de lo Social número 1 de Ciudad Real ha atendido la demanda interpuesta de oficio por la consejería de Economía, Empresas y Empleo a instancias de CCOO y UGT para obligar a la patronal de Hostelería de Ciudad Real a rectificar los artículos del convenio colectivo provincial referidos al Plus de Nocturnidad y al derecho de los trabajadores y trabajadoras a acompañar al médico a sus hijos menores.

?En ambos casos, lo establecido en el convenio violaba la legislación vigente en perjuicio de los derechos e intereses de los trabajadores del sector, tal y como advertimos en su momento y ahora recoge la sentencia?, indica Ángela Briones, responsable de la Federación de Servicios de CCOO-Ciudad Real

Respecto al trabajo nocturno, la patronal se negaba a adecuar el convenio al Estatuto de los Trabajadores, que establece que el Plus de Nocturnidad debe de abonarse desde las 22.00 horas hasta las 06.00 horas, y no desde las 03.00 hasta las 06.00 como fijaba el artículo 38 del convenio provincial de Hostelería.

En cuanto a la licencia para acudir al médico con los hijos menores de edad, el Código Civil establece la mayoría de edad en 18 años, mientras que el artículo 20.m del convenio limitaba el derecho de los trabajadores a acompañar a consulta a sus hijos menores de 12 años.

El convenio que ahora deberá rectificarse para adecuarlo a la legalidad se firmó en el mes de junio de 2015, pero ya antes de su registro y publicación la Delegación de Trabajo de Ciudad Real instó la subsanación de los dos artículos mencionados.

?Aunque los defectos legales eran evidentes, la Patronal se negó a rectificar el convenio, con el interés de retrasar su publicación y, en consecuencia, su entrada en vigor; de forma que los empresarios posponían así la aplicación de la subida salarial acordada en la negociación y retenían en su provecho un dinero que pertenecía a los trabajadores y trabajadoras?.

Por ello, en el mes de octubre CCOO y UGT presentaron ante la Consejería un requerimiento formal de solicitud de registro y publicación de convenio colectivo del sector de la Hostelería de Ciudad Real con las subsanaciones requeridas por su delegación provincial, para forzar a la autoridad laboral a presentar la demanda de oficio que ahora ha obtenido la sentencia favorable de Juzgado de lo Social, contra la que cabe la interposición de Recurso de Suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia

?Hacemos una valoración muy positiva de esta sentencia. Nos vimos obligados a impulsar un proceso judicial para rectificar un convenio colectivo. Fue una decisión muy estudiada y meditada, tras negociar hasta la extenuación con una patronal cuya intransigencia no tenía sentido alguno. En nuestra hoja de ruta no está firmar articulados de convenios que conculquen la legislación, y tampoco debiera estarlo en la de ninguna patronal?.

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