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Negociación colectiva

CCOO firma el convenio de comercio e importadores de artículos fotográficos, vídeo y sonido de la provincia de Barcelona para los años 2017 y 2018

El pasado día 11 de enero de 2018 firmamos el convenio colectivo de comercio e importadores de artículos fotográficos, vídeo y sonido de la provincia de Barcelona para los años 2017 y 2018.


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Las principales novedades son las siguientes:
  • Vigencia: 2 años (2017-2018).
  • Contrato a tiempo parcial: en las vacantes que se produzcan en las plantillas, tendrá prioridad el personal contratado a tiempo parcial para pasar a tiempo completo siempre que sus perfiles y conocimientos se adapten a los requisitos exigidos en los puestos vacantes.
  • Clasificación del personal: eliminación de las especialidades Ayudante de segunda y Auxiliar de segunda (niveles retributivos más bajos).
  • Se limita la movilidad funcional al grupo profesional y al área funcional.
  • Incremento salarial: de un 1,6% para el año 2017 y de un 1,3% para el año 2018, con cláusula de revisión al IPC real con efectos del 1 de enero de 2018.
  • Trabajo en domingos y festivos: se establece la voluntariedad del trabajo en domingos y festivos.
  • Vacaciones: se establece la posibilidad de unir la baja por maternidad a las vacaciones y al periodo de acumulación de lactancia.
  • Se clarifica que la retribución en vacaciones es a salario real.
  • Se introducen redactados que regulan la coincidencia del periodo de vacaciones con suspensiones de contrato e incapacidad temporal para que las vacaciones no se pierdan pudiéndose disfrutar en otra fecha.
  • Licencias y permisos: se establece una bolsa de 16 horas anuales para visitas médicas para las personas trabajadoras y de sus hijos/as menores de edad.
  • Acumulación de la lactancia: se establecen 14 días laborables en lugar de 10 días naturales.
  • Introducimos un texto (protocolo) de medidas específicas para prevenir el acoso sexual y el acoso moral.
  • Seguro de vida: Mejoramos las cuantías hasta los 12.000 para todo el personal.
  • Anteriormente era, en función del grupo profesional, de 9.110,28 o de 10.511,85.
  • Ayuda por matrimonio: se incrementa la cuantía de 70 a 77 ?.
  • Ayuda por nacimiento: se incrementa la cuantía de 70 a 77 ?.
Valoración: todos los cambios introducidos en el texto del convenio son de avance respecto al convenio anterior, tanto en los aspectos sociales como en los salariales, ya que recuperamos la cláusula de revisión salarial con efectos retroactivos.


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