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LA NÓMINA ES SAGRADA
26/03/2002
En
el número de LA CAJA INFORMA de fecha 22 de marzo la Caja daba cuenta
de su intención de suprimir el envío del recibo mensual de la nómina a
los empleados, sustituyéndolo por la posibilidad de que cada persona lo obtenga
a través de Intranet o del portal e-Personas.
Lo
que en principio podía interpretarse como simple intención, es una decisión
que hemos visto materializada hoy, día 26 y penúltimo día hábil de marzo,
cuando todos esperábamos el sobre con nuestra nómina y no lo hemos recibido.
La
regulación legal del recibo del salario (O.M. de 27.12.94) establece para la
empresa la obligación de emitir el recibo de nómina,
que deberá ser firmado por el trabajador al recibir duplicado del mismo. Este
trámite de la firma sólo puede ser sustituido, en caso de percibir el salario
por transferencia (nuestra situación), por el comprobante de abono emitido por
la Entidad.
La
Caja no puede adoptar unilateralmente, sin previa consulta o negociación, una
medida como ésta,
que no garantiza la recepción por parte del trabajador de un documento tan
importante en la relación laboral como es el recibo de la nómina. Y no lo
garantiza porque hay compañeros que no están adheridos al proyecto INTERNET EN
CASA, o cuyo trabajo no se realiza con un ordenador, o que tienen inoperativo el
código de usuario por no utilizarlo en su función, etc.
Tampoco
resulta pertinente informar de la misma, habida cuenta de su importancia, a través
de un cauce como el que se ha utilizado, cuando debería haberse comunicado
previamente a los sindicatos y, de manera personalizada, a los trabajadores y
las trabajadoras.
Por
otra parte, es cuestionable la legalidad de un documento que no emite
directamente la Entidad, como sería el caso de la nómina obtenida directamente
en cualquiera de nuestros ordenadores personales.
Es
evidente que estamos ante una decisión que no perjudica nuestros intereses
materiales, ¡sólo faltaba que no nos abonaran la nómina!, pero no es menos
cierto que el hecho de ponerla en práctica sin consulta previa o sin recabar
el consentimiento de los trabajadores demuestra falta de sensibilidad.
CC.OO
nos hemos dirigido a la Caja para que reconsidere esta decisión. En cualquier
caso, estamos estudiando, también, las repercusiones legales de lo sucedido,
antes de adoptar las medidas que pudieran resultar necesarias para salvaguardar
nuestro derecho a disponer del recibo de nómina puntualmente y sin obstáculos.
Entretanto,
que paséis unos buenos días de descanso.
Madrid,
26 de marzo de 2002
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