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La justicia reconoce los derechos reclamados por CCOO para las trabajadoras y trabajadores de Clarel de Girona y almacén de Torredembarra

La Justicia da la razón a CCOO en las demandas presentadas en Clarel para el reconocimiento de derechos del Convenio, para todo el colectivos de trabajadoras y trabajadores de los centros de trabajo en Girona, y para el complemento por puesto de trabajo para los trabajadores y trabajadoras del almacén de Torredembarra.


Este artículo se publicó originalmente en CATALUNYA (CCOO Serveis Catalunya) , GIRONA (Sindicat Intercomarcal de CCOO Serveis Comarques Gironines) , TARRAGONA (Serveis CCOO Tarragona) , LLEIDA (Serveis CCOO Terres de Lleida) , VOCC-CATC (Serveis CCOO Vallès Occidental - Catalunya Central) , VORMAROS (Serveis CCOO Vallès Oriental - Maresme - Osona) , BLLAPAG (Serveis CCOO Baix Llobregat - Alt Penedès - Anoia - Garraf) , s.Comerç (Sectorial de Comerç CCOO Serveis Catalunya) ,


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CCOO consigue LA APLICACIÓN DEL CONVENIO para las trabajadoras y trabajadores de Clarel GIRONA

EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA NOS DA LA RAZÓN

El Tribunal Superior de Justicia ha dictado sentencia a favor de la demanda interpuesta por CCOO en la aplicación del Convenio de las trabajadoras y trabajadores de Clarel en Girona.

El Tribunal Superior de Justicia declara el derecho de todo el colectivo de trabajadoras y trabajadores que prestan sus servicios en los centros de trabajo Clarel Girona y con contrato en vigor a 1 de octubre de 2014 a:

1.    ATRASOS DE SALARIO DESDE OCTUBRE DE 2014, por la aplicación de la modificación de las nóminas al aplicar el Convenio Estatal.

2.    ATRASOS PLUS PRESENCIA E IMAGEN, retribución íntegra con independencia de la jornada contratada sea completa o parcial.

3.   25 MINUTOS DE DESCANSO EN LA JORNADA CONTINUADA A PARTIR DE CINCO HORAS Y MEDIA DE TRABAJO.

El siguiente paso será hablar con la empresa para que abone los atrasos a todas las compañeras y compañeros.

Seguiremos informando.

 

La Justicia condena a la empresa BBD CLAREL a devolver el "COMPLEMENTO PUESTO DE TRABAJO" a los trabajadores y trabajadoras del almacén de TORREDEMBARRA

El Juzgado núm. 2 de Tarragona, da la razón a CCOO y a los trabajadores y trabajadoras del Almacén de Torredembarra, sobre la reclamación que hacíamos para que la empresa no compensara ni absorbiera el "complemento puesto de trabajo" con las subidas del Convenio Colectivo, ya que este complemento es una condición más beneficiosa que no podía ser absorbido ni compensado.

FALLO: "Que debe estimarse íntegramente la demanda formulada por COMISSIÓ OBRERA NACIONA DE CATALUNYA, declarando indebida la práctica de compensar y absorber el plus puesto de trabajo con efectos del 2016."

La empresa ha pagado los atrasos en la nómina de octubre. Tanto los compañeros y compañeras que han colaborado en la causa, como los que no, seremos beneficiados de esta sentencia.

"Juntas somos más fuertes"

CCOO Serveis Clarel

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