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Movimientos de personal en la zona de Sevilla
07-11-07 Reproducimos la carta que hemos enviado a la dirección de la zona de Sevilla. (PDF:Cas.)
Movimientos de personal en la zona de Sevilla
Queridos compañeros: Debido a los frecuentes movimientos de personal que se están produciendo en la Zona de Sevilla, entre otras causas por la apertura de nuevas oficinas, algunos de nuestros compañeros están viéndose sometidos a cambios de ubicación de su lugar de trabajo, que a pesar de estar dentro del radio de 25 km que marca el convenio, pueden suponer para ellos un perjuicio de sus condiciones laborales y económicas, sin contar con los riesgos de los accidentes in itinere. Por este motivo, hemos dirigido la carta que reproducimos a continuación a la Dirección de Zona de Sevilla, sin que hasta la fecha hayamos obtenido respuesta. D. Eduardo Alfaro Escobar Director de Zona Banca Comercial Sevilla. Señor: Con la apertura de las nuevas oficinas en la zona del Aljarafe, se están cubriendo las vacantes con personal de la zona de Sevilla, sin tener en cuenta que hay personas que viven en la zona del Aljarafe y están trabajando en Sevilla. También se están produciendo traslados de personal administrativo en la misma plaza. Entendemos que la empresa ha de cubrir unas necesidades concretas para cumplir con los objetivos de ampliación de oficinas y de negocio, esto es totalmente licito y a la vez positivo para la buena marcha de la entidad, pero en algunos casos nos parece arbitraria la forma de asignar el personal a las oficinas Desde CCOO, creemos que las formas que se están utilizando no son las adecuadas ni correctas, ya que no es muy normal que los traslados se les comunique a los compañeros vía correo electrónico y en ocasiones de hoy para mañana, nos parece muy impersonal y entendemos que las formas deberían ser otras y no tiene que estar en contraposición con las condiciones laborales de los empleados. Condiciones que se pueden ver afectadas si se realizan traslados sin tener en cuenta los siguientes aspectos Cumplimiento del Acuerdo sobre medidas de conciliación de la vida familiar y personal con la laboral, firmado por el banco y las diferentes secciones sindicales, y que en uno de sus apartados dice que el Banco, siempre que sea posible, llevará a cabo una política de acercamiento del lugar de trabajo al domicilio de la plantilla y especialmente con el personal que tiene hijos menores de 7 años. Según indica el Convenio Colectivo de Banca en su articulo 30, entre otras se establece que en el caso de que el cambio sea a otra plaza distinta de la que venía prestando sus servicios dentro del radio de 25 km., las empresas colaborarán en la solución de los problemas derivados del transporte . Por lo tanto desde CCOO no cabe otra interpretación que es el banco y no el trabajador quien tiene que pagar los gastos de desplazamiento. Desde CCOO consideramos que hay otro aspecto ha considerar a la hora de decidir un traslado de lugar de trabajo. Los posibles accidentes in itinere que se puedan derivar. En general es preocupante el incremento de accidentes in itinere existentes, por lo tanto es un aspecto importante a considerar antes de decidir y organizar cualquier traslado, pues además en esta zona muchos aún recordamos el desgraciado accidente mortal de un compañero nuestro ocurrido en junio del 2002. Esperamos su respuesta a estas consideraciones, Atentamente. Secciòn Sindical de CCOO de Sevilla Sevilla 16 de Octubre de 2007. Para cualquier duda que os pueda surgir, estamos a vuestra disposición. Saludos,
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